Hola Rafa te quería preguntar haber si tu me puedes responder ante esta duda que tengo, se puede realizar funciones de superior categoría un tiempo superior al establecido en convenio , es que me lo he leido y pone seis meses , pero estoy viendo tambien que pone si es por necesidad del centro se puede estar más, ¿cuanto tiempo más?
A los temporales se le puede ofrecer otras funciones de superior categoría ? es que conozco centros en los que a los temporales le ofrecen superior categoría pero no tienen derecho a lo que cobran demás y a que se lo reconozcan? Eso es verdad?. Bueno muchas gracias por todo.