por Karissa » 06 Ago 2012 10:10
El RDL citado entró en vigor el día 14 de julio, dictando en el apartado Tres del art.8 de Modificación de los artículos 48 y 50 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
" Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza."
Disposición transitoria primera.
Lo dispuesto en este Real Decreto-ley sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales a los días de libre disposición o de similar naturaleza, no impedirá que el personal funcionario, estatutario y laboral disfrute los días correspondientes al año 2012, conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Igualmente, lo dispuesto en este Real Decreto-ley no será de aplicación a los empleados públicos que a su entrada en vigor, se encuentren en la situación de incapacidad temporal.
De la lectura del art. 8 y la Disposición transitoria primera del RDL, no se interpreta que los 3 días de asuntos propios entren en vigor en 2013.
Salvo mejor opción,