LAS CONSECUENCIAS DE LA NUEVA LEY DE TASAS.

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LAS CONSECUENCIAS DE LA NUEVA LEY DE TASAS.

Notapor F.J. » 16 Nov 2012 01:27

LAS CONSECUENCIAS DE LA NUEVA LEY DE TASAS.

Un trabajador despedido de su empresa que considere que la extinción del contrato ha sido improcedente, tendría que desembolsar 1.250 euros si debe llegar al Supremo, a sumar a lo que le cobre el abogado y el procurador.
Un trabajador que vea desestimada su demanda en el juzgado de lo social tendrá que pagar 500 euros por recurrir. Reclamar por una multa de tráfico, puede costar más que el importe de la misma multa.

En materia de consumidores y usuarios, un simple juicio verbal costará 150 euros más, con lo que en muchas ocasiones, no valdrá la pena reclamar y se verán beneficiadas las grandes empresas.

La Ley que extiende el pago de tasas judiciales a las personas físicas, es decir, a todos los ciudadanos, que también somos trabajadores, queda así:
En el orden civil
Juicio verbal y cambiario: 150¤
Juicio ordinario: 300¤, Monitorio: 100¤, Apelación: 800¤.
En el orden contencioso-administrativo
Procedimiento abreviado: 200¤
Procedimiento ordinario: 350¤
Apelación: 800¤.
En el orden social
Recurso de suplicación: 500¤
Recurso de casación: 750¤.
Además, se tendrá que pagar un gravamen entre el 0.25% y el 0.50% respecto de la cantidad reclamada.

Esto supone el fin de la justicia gratuita para todos.

Los sindicatos para poder actuar en defensa de los trabajadores de forma colectiva, conflictos colectivos o reclamación de derechos o simplemente al presentar una denuncia por reclamar cambios en los horarios laborales, y cualquier otro proceso en defensa de los derechos colectivos de los trabajadores, tendrán que pagar 500 euros para empezar y si hay que ir a instancias superiores pues a pagar más cada vez.
Con esto se pretende que la defensa, que reconoce la Constitución, de los derechos colectivos se ejerza cada vez con más trabas. A las burocráticas hay que sumarles las económicas.

Y con ello se obligará a presentar demandas individuales por cientos o miles, ya que son las únicas que en primera instancias están exentas del pago de tasas judiciales. Pero si quieres recurrir a pagar también.

Las subidas más destacadas que introduce la nueva ley se producen en los casos de apelación del ámbito Civil y Contencioso-Administrativo, que se incrementan en 500 euros, y en la casación de esos mismos órdenes, que pasan de 600 a 1.200 euros.
YA TENEMOS LA JUSTICIA PARA QUIEN LA PUEDA PAGAR.
LA JUSTICIA PARA LOS RICOS.
F.J.
 
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Re: LAS CONSECUENCIAS DE LA NUEVA LEY DE TASAS.

Notapor F.J. » 16 Nov 2012 02:08

Se me olvidó comentar que:

En la nueva Ley de Tasas, las tasas no se modulan en función de la capacidad económica, y por eso la sufriremos los trabajadores. Por eso nos encontraremos ante una barrera infranqueable e inconstitucional que nos dejará en una situación de desigualdad e inferioridad ante las decisiones arbitrarias de la empresa. Los trabajadores tendremos que pensarnos mucho la posibilidad de ejercer acciones a pesar de que podamos tener razón.
Las clases más desfavorecidas, con ingresos anuales computados por unidad familiar por debajo de 14.910 euros anuales– estarán excluidas de la reforma, ya que disfrutarán de la asistencia jurídica gratuita. Pero hay que ver si en realidad entra en la categoría de “clase media” una familia que sobrevive con los 1.100€ mensuales fijados como límite para exención de tasas, o si de verdad se diferencia en algo de quien gana un euro menos y por tanto se beneficia de la exención.. Pero el truco está en que es por UNIDAD FAMILIAR.

A las empresas=Junta de Andalucía les resulta irrelevante la tasa –a diferencia de los particulares, la tasa es gasto fiscalmente deducible, como lo son el IVA y las minutas de los profesionales que intervienen, abogado y procurador, con manifiesta desigualdad procesal-, y también se exime (del pago de tasas) al Estado sea cual sea su forma. Es decir la empresa puede pleitear y con ello desgravar. Y el Estado igual porque puede recurrir todo lo que quiera que no tendrá que pagar por ello a diferencia del trabajador que si tendrá que hacerlo

El presidente del Consejo General de la Abogacía, Carlos Carnicer, ha mostrado su «enérgico rechazo» a la Ley: "No es admisible incorporar en nuestro Estado de derecho una balanza en la que se coloque en un platillo el derecho fundamental a la defensa y en el otro el pago de una tasa".
F.J.
 
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