por TOTA » 20 Abr 2013 19:50
El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta la ONG con la que hayas colaborado.
El 25% del importe de la donación en la cuota íntegra –comentaros que este es el caso mayoritario- con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002 (entidades calificadas por la ley en su artículo 16 y disposiciones 5ª, 6ª, 7ª, 9ª y 10ª y los consorcios a que se refiere su artículo 27.2 segundo).
El 10% del importe de la donación con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones declaradas de Utilidad Pública (art. 69.3 R.D. Legislativo 3/2004 del texto refundido de la Ley del IRPF).
También, debes tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que resides está sujeta a un régimen foral particular o si ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG. Además, la actividad con la que has colaborado puede haber sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la ley 49/2002 dando lugar a un mayor porcentaje de deducción.
Deducciones por donativos.casilla numero 704 y anexo A1