por Enamorado » 18 Oct 2013 14:48
Te copio lo que viene en la resolución que podrás tb encontrar en la página principal de Ustea o en la página principal del I.A.C.P.
RESOLUCIÓN DE 9 DE SEPTIEMBRE, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE, POR LA QUE SE APRUEBA LOS LISTADOS DEFINITIVOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS A TRAVÉS DE LA EXPERIENCIA LABORAL O VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUZA, CONVOCADO POR LA ORDEN DE 5 DE
JULIO DE 2013.
De conformidad con lo establecido en la Orden de 5 de julio de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se convoca para el año 2013, el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para determinadas unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta Secretaría General y vista la propuesta de Resolución de la Directora del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales.
RESUELVE
PRIMERO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo décimo,
apartado 7, publicar los listados definitivos de personas solicitantes,
ordenadas alfabéticamente, para participar en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales, ANEXO 1, con la indicación de las cualificaciones solicitadas y su situación: seleccionada, no alcanza la puntuación de corte, no cumple con los requisitos establecidos en el artículo séptimo, apartado 1.c) de la Orden de 5 de 2013, no aporta la documentación o fuera de plazo. Asimismo, las personas seleccionadas tendrán indicación del centro asignado, donde realizarán los procesos de asesoramiento y evaluación.
SEGUNDO.- Publicar el listado definitivo de candidatos por cualificación profesional, ordenados por puntuación, ANEXO II, con indicación de la situación y, en su caso, centro asignado.
TERCERO.- Las personas candidatas que hayan sido seleccionadas y no hayan aportado documentación debido a que en el listado provisional aparecían como no seleccionadas, deberán presentar en el centro de referencia asignado, una vez iniciado el procedimiento, la documentación que acredite la experiencia laboral y la formación no formal recogida en el autobaremo junto al Anexo VI correspondiente publicado en la Orden de 5 de julio de 2013,
CUARTO.- Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejería de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos recogidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Saludos y suerte.