por Rafa Rivero » 26 Dic 2013 23:50
Fernando los altos cargos son los que tiene derecho a conductor del acuerdo de consejo de gobierno. Los conductores que están fuera de ese acuerdo pueden tener que llevar a personal de la Junta que por cuestiones relacionadas con su trabajo o cargo necesite de un coche oficial y no tenga asignado ninguno por no formar parte del grupo de altos cargos que tiene asignado vehículo oficial.
En ese caso se le asigna para ese acto concreto o para esa necesidad concreta uno de los vehículos y conductores fuera del acuerdo de consejo de gobierno, siempre teniendo en cuenta que la jornada de estos conductores es la ordinaria. En definitiva un conductor de fuera del acuerdo de consejo de gobierno puede llevar lo que denominas paquetería o personas. Un ejemplo los conductores de los centros de menores llevan a los alumnos de esos centros. Un conductor de la Delegación del Gobierno puede ser requerido para llevar a un delegado, por ejemplo, a algún acto al que tenga que asistir, insisto dentro de su jornada laboral.