Suprimido. Si se cumplen requisitos de edad y años de trabajo hay posibilidad de jubilación aproximadamente a los 64. Por regla general: Por cada año que se jubile antes de la fecha legalmente establecida, para cada caso, hay que disminuir un 8% de la pensión que vaya a quedar. Existe la posibilidad de jubilación parcial, cumpliendo una serie de requisitos. Saludos
De jubilación parcial si se puede con ciertas condiciones por ejemplo tener una serie de años cotizados jubilarte un máximo del 50%, tener el informe favorable de la Seguridad Social de que cumples los requisitos y el informe económico de la delegación de que no supone un aumento de gasto el tener que cubrir el otro 50% con el relevista.