por Rafa Rivero » 30 Mar 2015 13:15
Quien mejor te puede resolver la duda de si en correos estuviste como empleado público o como trabajador de una empresa es el propio Correos. Si solicitas el reconocimiento de los servicios prestados en la Administración Pública y te lo certifican mediante el modelo oficial anexo I no hay nada que discutir. Entregas en la Junta el anexo II (Solicitud) y le adjuntas el anexo I de correos. Si correo no te reconoce esos servicios como servicios prestado para la administración pública pues en ese caso no podrás solicitar su reconocimiento a la Junta y que para poder hacerlo debes entregar obligatoriamente el modelo anexo I, servicios prestados en la Administración, que te deben facilitar donde prestaste esos servicios que pretendes te reconozca otra administración públicas, en este caso servicios prestados en correos que pretendes que sean reconocidos por la Junta de Andalucía y que te reconocerán si les aportas el anexo I que te deben proporcionar en correos si efectivamente prestaste servicios como empleado de la Administración Pública. No todo el que trabaja en correos es empleado público.