Antonio78 escribió:Hola a todos,
Tengo una duda y me gustaría que alguien me la aclarara. Las últimas oposiciones que se hicieron de laborales en los grupos 1 y 2 fueron mediante concurso-oposición. Me comentan, que a partir de ahora, el acceso a fijo en estos grupos será por oposición libre y que los méritos sólo contarán a la hora de promoción, traslados, etc. No sé qué hay de cierto en esto. Muchas gracias de antemano.
Para hacer eso deben cambiar el artículo 16 del Convenio Colectivo. A día de hoy no hay nada de lo que comentas. Saludos.
Art.16.3
3. Con carácter general, la selección del personal para las categorías profesionales correspondientes a los Grupos I y II se hará por el sistema de concurso-oposición. Respecto a las categorías profesionales correspondientes a los Grupos III, IV y V, la selección se efectuará por el sistema de concurso; no obstante, cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar resulte adecuado y lo acuerde la Comisión del Convenio , podrá llevarse a cabo la selección del personal con la celebración de pruebas adecuadas para las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V.