Hola, copio lo relativo a la pregunta que haces.
Es referente al acuerdo de 9 de julio de 2013, publicado en BOJA número 142 de 22/07/2013.
Lo puedes descargar desde:
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/142/2Y dice:
Supuestos de flexibilidad horaria para conciliar la vida personal, familiar y laboral.
1. El personal empleado público que tengan a su cargo hijos menores de doce años, un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, personas mayores o con discapacidad que tengan reconocida la condición de dependientes, tendrán
derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia.2. El personal al que se refiere el apartado anterior que tenga a su cargo personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, podrá disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria sobre el horario de obligada permanencia que corresponda, a fin de conciliar los horarios de los centros educativos ordinarios de integración y de educación especial, de los centros de habilitación y rehabilitación, de los servicios sociales y centros ocupacionales, así como otros centros específicos donde la persona con discapacidad reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo.
3. Asimismo, quienes tengan hijos con discapacidad tendrán derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones de coordinación de su centro educativo, ordinario de integración o de educación especial, donde reciba atención, tratamiento o para acompañarlo si ha de recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social.
Has de solicitarlo a la dirección de tu centro,que lo tramitará al órgano competente en materia de personal de tu delegación.
También añadir que en el aceurdo se dice: "...las solicitudes para su ejercicio deberán presentarse con antelación suficiente para garantizar la satisfacción de las necesidades del servicio y la adecuada planificación de los recursos humanos".
Es de interés que leas el punto I) de la página 10 de las instrucciones 4/2012, sobre solicitud de ingreso al puesto, disminución de ingresos y de tiempo de trabajo.
http://www.juntadeandalucia.es/economia ... 2012__.pdfSi trabajas en la Consejería de Educación te puede servir de guia el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/averroes ... ANEXOS.pdfEspero no liarte. Quedo a tu disposición.
Saludos