marfernandez escribió:Corresponde algún día si operan a mi madre sin hospitalización.
Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización e
intervención quirúrgica del cónyuge, pareja de hecho o de familiar.
3. Aquellas enfermedades en que, sin producirse hospitalización, su gravedad quede acreditada mediante
informe médico.
4. Aquellos casos en que una vez terminada la hospitalización o la fase de gravedad, la enfermedad
requiera a continuación de especiales cuidados en el domicilio y se acredite mediante informe médico.
Los días que corresponden por este permiso son:
a) Dentro del
primer grado de consanguinidad o afinidad:- Cuando el suceso se produzca en la misma localidad: 3 días hábiles.
- Cuando el suceso se produzca en distinta localidad: 5 días hábiles.
b) Dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad del familiar:
- Cuando el suceso se produzca en la misma localidad: 2 días hábiles.
- Cuando el suceso se produzca en distinta localidad: 4 días hábiles.