coco escribió:Soy una ordenanza, Y que uno de mis objetivo es promocionar porque reúno requisitos de titulación.
Como seguramente les pasará a la gran mayoría de los laborales.
Pero no se nos ofertan todas las categorías que hay de laborales, porque además cada vez dejan menos.
Los laborales no tenemos art30 y las pocas SNL que publican solo es para conductores o directores de guardería.
Pero es más todavía, las plazas de laborales de Aux Admvo y de Admvo que se van quedando vacantes, no las cubren con un laboral, por promoción, traslado, ni se ofertan de ninguna forma aLaborales, se ofertan a FUNCIONARIOS.
A lo laborales nos ofertan alguna plaza de funcionarios? NO .
Que sindicato ha defendido que no se atropelle de esta manera a los laborales.
Existimos para alguien?
En este caso, bajo mi punto de vista, no se atropella a ningún laboral, simplemente son plazas a extinguir que se reconvierten en plazas de funcionariado por exigencias legales. El laboral permanece en su puesto, incluso puede promocionar (promoción cruzada) al mismo puesto pero en régimen de funcionario.
Esto no es nuevo. Viene del EBEP, año 2007. Las plazas de Auxiliares Administrativos, administrativos, titulados medios de admon., titulados superiores de admón. y algunos otros en base a sus peculiaridades, por ley deben ser personal funcionario. Así recuerda las promociones cruzadas
conforme a la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se incluyen, asimismo, en el Anexo II de este Decreto, plazas para personal laboral fijo que desempeñe funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario. el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicosSaludos.