por Rafa Rivero » 17 Ago 2010 01:46
Hola Mery:
En primer lugar tengo que decirte que ese profesor interino debe cumplir lo recogido en el art 5 apartado "B" del reglamento de acción social, es decir, tiene que haber estado prestando servicios de manera ininterrumpida al menos durante los últimos 12 meses anteriores al momento de presentar la solicitud.
Suponiendo que cumpla con este requisito, además debe saber que en el art 47.2 del Reglamento se recoge:
"El solicitante, y los miembros convivientes de su familia, deben carecer de vivienda propia, salvo que acrediten la absoluta necesidad de la de alquiler, además de la propia, por razones de trabajo u otras que se estimen por la Comisión o Subcomisión de Acción Social"
Como puedes ver, ese sería el caso que me planteas, y por tanto, si cumple con el primer requisito que te comento, creo que puede solicitar esta ayuda, acogiéndose a lo mencionado en el art 47.2 del Reglamento.