Bolsa educador (2060)

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Bolsa educador (2060)

Notapor CAP » 18 Ago 2010 18:44

¿alguien sabe por que las bolsas se mueven tan poco? y ¿cuando saldra la nueva bolsa de educador?. La verdad es que hay pocos aprobados en la bolsa en relación a los que se presentaron.¿todos los que se presentaron eran temporales de la junta? y si así es¿como si las bolsas no llegan al 10% como es que casi no se mueven despues de tres años?.Si se presentan 2000 y las bolsas son de 50 ¿es que los temporales que no estan en las nuevas bolsas siguen trabajando? ¿Si alguien me puede contestar a estas preguntas?
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Re: Bolsa educador (2060)

Notapor Rafa Rivero » 18 Ago 2010 18:51

El número de vacantes ofertadas en la OEP te puede dar una idea de las pocas plazas que se producen en esa categoría. Por tanto si prácticamente no se crean plazas no hay movimiento en las bolsas. En cuanto a los temporales que están ocupando una vacante, si no les pisan la plaza siguen ocupando la vacante, pues el motivo para cesarlos es que la plaza que vienen ocupando sea cubierta en algún concurso (traslado, promoción o acceso)
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Re: Bolsa educador (2060)

Notapor carls » 18 Ago 2010 19:58

Yo no se si esa es la norma general Rafa, pero esas personas que están como temporales ocupando vacante forman parte de una bolsa anterior. Ahora hay una nueva bolsa vigente por lo que bolsa anterior deja de estar vigente y como consecuencia esas personas deben no formar parte de la nueva plantilla, a no ser que hubiesen aprobado el concurso u concurso oposicion lo cual tendrían que esperar su turno. La propia norma lo indica cuando dejan de estar vigentes las bolsas anteriores cuandosale una nueva bolsa, sino podría una persona estar ahí toda la vida, y ya no sería una interinidad lo cual ya se ha establecido en algún juicio.
Pero la solucion a los "problemas de cantidad" puede que vengan de las llamadas bolsas complementarias
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Re: Bolsa educador (2060)

Notapor Rafa Rivero » 18 Ago 2010 23:52

En eso estás equivocado, los laborales nos regimos por lo que pone en nuestro contrato de trabajo y no es motivo de cese el que apruebes o no unas oposiciones. Los motivos por los que el contrato finaliza son los recogidos en las cláusulas del mismo. A quien ocupa una vacante, para que cese tienen que haberle pisado la plaza que ocupa en algún concurso (traslado, promoción o acceso).

Con respecto a lo que indicas de la norma, solo habla de que una bolsa quedaría anulada cuando se publique y entra en vigor la correspondiente a la siguiente OEP. Eso no significa que cuando se publique una bolsa haya que despedir a nadie por ese motivo, solo significa que cuando cese, si no forma parte de la bolsa vigente en ese momento, no podrá ponerse disponible para nuevas vacantes que pudieran surgir (por no ser de la bolsa), pero el hecho de publicarse una bolsa no es motivo para cesar a nadie, ni puede ser de otra forma pues cesar del trabajo a alguien por esa causa (publicar una bolsa) sería ilegal.

La bolsa procedente de la OEP es para cubrir vacantes (o asimiladas) que se produzcan a partir del momento en que están vigentes, no para cesar a quien viene ocupando vacantes cubiertas con anterioridad a la vigencia de esa bolsa. Los temporales que ocupan con anterioridad una vacante, que no ha sido adjudicada en ningún concurso, siguen ocupándola, pues no hay ningún motivo para cesarlos, independientemente de que la bolsa de la que fueron llamados esté vigente o no lo esté. El problema lo tendrán cuando cesen, que no podrán ponerse de nuevo disponible si no están formando parte de la bolsa vigente en ese momento.
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