por Rafa Rivero » 13 Oct 2010 19:00
No, no tiene nada que ver. Lo que USTEA ha denunciado y ahora la sentencia del Supremo nos vuelve a dar la razón, es que el 08-06-05 se publicó en BOJA un Acuerdo de la Comisión de Convenio por el que se modificaban los requisitos de titulación para las categorías profesionales que se recogen en ese acuerdo. Desde USTEA se denunció que era responsabilidad del empresario el formar y habilitar a los trabajadores que venían desempeñando esas categorías y carecían de los nuevos requisitos, (pero que tenían los exigidos cuando fueron contratados). Por tanto el empresario y los sindicatos que habían acordado modificar las titulaciones exigidas, tenían la obligación de, en cumplimiento del aart 49 del Convenio, programar acciones formativas para garantizar la estabilidad en el empleo de los afectados por esa modificación, que ya estaban ocupando puestos de trabajo en alguna de las categorías profesionales modificadas. El TSJA dió en su día la razón a USTEA, pero la Administración recurrió al Supremo y ahora de nuevo el Supremo vuelve a darnos la razón condenando tanto a la Administración, como a los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, que forman parte de la Comisión de Convenio. Al ser la sentencia del Supremo ya no caben más recursos y la sentencia es firme.