PROTECCIÓN DE DATOS EN LAS RELACIONES LABORALES
Consulta realizada a la Agencia Española de Protección de Datos sobre la legalidad/ilegalidad de la publicación de datos personales en la web de un Sindicato, por si fuera de tu interés …
¿Se considera vulneración de la Ley: Publicar en internet, a través de la web y/o del foro público del Sindicato, los listados provisionales o definitivos de los diferentes concursos de acceso a la condición de personal laboral fijo, promoción o traslado, facilitados a los sindicatos por la Administración Pública, antes de ser publicados en la web oficial del empleado público andaluz?
Supondría una clara vulneración de la Ley, publicar dichos listados en la página web de un Sindicato sin la “autorización expresa de los afectados”. El aspirante afectado, estaría en su derecho de denunciar al Sindicato, lo que daría lugar al inicio del correspondiente procedimiento sancionador.
¿Y después de ser publicados los listados en la web oficial y tablones de anuncios oficiales, antes mencionada?
Se da la misma casuística, que en la pregunta anterior. Por tanto, tal acción por parte del Sindicato implicaría vulneración Ley por publicar dichos listados en su página web sin la “autorización expresa de los afectados”. El aspirante afectado, estaría en su derecho de denunciar al Sindicato, lo que daría lugar al inicio del correspondiente procedimiento sancionador.
Los aspirantes, en el momento en el que deciden concursar, dan su autorización tácita a la publicación de las listas (de sus datos) en el modo y lugares expresados en las bases del concurso en cuestión. Si en dichas bases no se citara expresamente que dichos datos van a ser publicados, también habría que estudiar la posible infracción cometida por la Junta de Andalucía.
En el caso que nos ocupa, las bases de los concursos hacen mención expresa a la publicación de las listas, por ejemplo:
Lo dictado en el apartado octavo de las bases del concurso a acceso a laboral fijo (grupo V) BOJA NÚM. 239, de 2 de diciembre de 2008
“Finalizada la calificación de aspirantes, la Comisión de Selección hará pública la lista provisional de aspirantes adjudicatarios en cada categoría profesional convocada, con indicación de la puntuación obtenida, desglosada conforme a los apartados del baremo de méritos, tanto en la página web del empleado público como en los tablones de anuncios de la Consejería de Justicia y Administración Pública y sus Delegaciones Provinciales. Igualmente se publicará listado alfabético de participantes baremados por la Comisión”.
En ningún caso, se debe entender que la autorización del afectado se haga extensible para publicar sus datos en otra páginas web o tablones de anuncios de otras entidades u organizaciones.
Como afectada me reservo el derecho de tomar medidas legales contra CCOO por publicar mis datos personales, sin mi expresa autorización.