Sobre listas definitiva grupo V

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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor aliciaJ » 07 Oct 2014 20:25

Y lo de el certificado medico FLO vale de un centro privado y si hay algun modelo especifico gracias
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor marta9 » 07 Oct 2014 20:31

Flo o Rafa, tengo una duda en mi centro hay una compañera que ha salido adjudicataria y se jubila en enero, imagino que tendrá que ir pedir plaza, auque después no llegue ocuparla y la temporal que la ocupa se queda allli. Seguramente habrá sucedidos en otras ocasiones casos parecidos.

Saludos y gracias por la labor que estáis realizando de información y aclaración de dudas.
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor FLO » 07 Oct 2014 20:36

aliciaJ escribió:Y lo de el certificado medico FLO vale de un centro privado y si hay algun modelo especifico gracias


certificado médico oficial relleno (salvo que estés ocupando una vacante actualmente en ese caso no es necesario) Si lo tienes que entregar debe poner : "Posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias dela categoría........................ ( en los puntos suspensivos debe poner la categoría en la que eres adjudicatario)

Lo más cómodo es llevar el modelo oficial --el amarillo-- y un médico colegiado público o privado lo puede rellenar teniendo en cuenta que debe contener el texto anterior en rojo.
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor FLO » 07 Oct 2014 20:43

marta9 escribió:Flo o Rafa, tengo una duda en mi centro hay una compañera que ha salido adjudicataria y se jubila en enero, imagino que tendrá que ir pedir plaza, auque después no llegue ocuparla y la temporal que la ocupa se queda allli. Seguramente habrá sucedidos en otras ocasiones casos parecidos.

Saludos y gracias por la labor que estáis realizando de información y aclaración de dudas.



Si se jubila en enero..., yo me atrevería a decir que no llega a incorporarse como fija. Lo suyo sería que no se presentase y así darle la oportunidad a otro compañero-a que esté pendiente --pero claro es una decisión personal--

De todas maneras, si se incorpora y justo después se jubila su plaza se cubriría por bolsa de vacantes si hay disponibilidad o en su defecto por oferta al SAE. Otra cuestión ¿la plaza que ocupa actualmente ha salido para solicitarla? No entiendo lo de "la temporal que la ocupa se queda allí", ya que la que la ocupa es la compañera a jubilar no?
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor aliciaJ » 07 Oct 2014 20:52

Muchas Gracias Flo
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor marta9 » 07 Oct 2014 20:57

Seguramente no me explicado bien, ella no va pedir su plaza sino otra, entonces, digo que si esa otra plaza que va a pedir la ocupa un temporal y ella no llega a incorporarse el temporal se queda en la plaza. Finalmente, me ha surgido una duda con el certificado médico, he leido en la nota aclaratoria que viene en la web empleado público:

- Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira. En el mismo debe constar inexcusablemente el siguiente tenor literal “ D-_____ posee la capacidad funcional para el desempeño de ______________”( la categoría profesional a la que se accede).

Pero no veo por ninngú sitio que los que estamos trabajando estamos exento de presentarlo.

Saludos
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Re: Sobre listas definitiva grupo V

Notapor FLO » 07 Oct 2014 21:19

marta9 escribió:Seguramente no me explicado bien, ella no va pedir su plaza sino otra, entonces, digo que si esa otra plaza que va a pedir la ocupa un temporal y ella no llega a incorporarse el temporal se queda en la plaza. Finalmente, me ha surgido una duda con el certificado médico, he leido en la nota aclaratoria que viene en la web empleado público:

- Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira. En el mismo debe constar inexcusablemente el siguiente tenor literal “ D-_____ posee la capacidad funcional para el desempeño de ______________”( la categoría profesional a la que se accede).

Pero no veo por ninngú sitio que los que estamos trabajando estamos exento de presentarlo.

Saludos


Están exentos los que trabajan en la misma categoría a la que acceden. La empresa ya tiene el certificado para el puesto concreto si estás trabajando en la misma categoría... No obstante, hay quién incluso sabiéndolo lo lleva por el "por si acaso"... jejej
En las bases pone lo siguiente:
Las condiciones y demás requisitos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la
Junta de Andalucía estarán exentos de justificación documental.


Sobre la plaza, si no llega a ocuparla el temporal seguirá en ella ya que no se lleva a efecto su incorporación permaneciendo vacante. Esto si el puesto es de un sólo código. Si es multicódigo ya se entraría en lo que establece la instrucción 2/2013 en su apartado tercero que te adjunto en el siguiente enlace.https://sites.google.com/a/ustea.net/ustea-informa-laborales/plantillas-acuerdos-normativas-1/INSTRUCCIONES%202.2013%20y%203.2013.pdf?attredirects=0&d=1
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