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Notapor lucky » 02 Feb 2015 21:29

Tengo un certificado del director donde estube trabajando durante seis meses, en el cual viene reflejado que durante esos seis meses estube realizando funciones de una categoría superior. Lo he presentado en la delegación correspondiente con un escrito para que me reconocieran en la hoja de acreditaciones el servicio prestado y no me lo han reconocido. ¿que debo hacer? ¿que paso tengo que dar?
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Notapor chiqui3 » 02 Feb 2015 22:48

Creo que todo lo que no este avalado por un contrato no sirve de nada. Lo digo por experiencia.
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Notapor chiqui3 » 02 Feb 2015 22:50

Un director no es quien para asignarte funciones distintas a las especificas de la categoria para la que has sido contratado.
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Notapor silvano » 03 Feb 2015 00:14

A mi me paso igual, y me dijeron que lo que si estas funciones no están reconocida económicamente no tienen valor
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Notapor chinodetriana » 03 Feb 2015 14:11

Lucki para que te valga el Director debería haber mandado la solicitud para tu poder hacer funciones superiores, y así te lo habrían puesto en la hoja de acreditación de datos sin necesidad de hacer nada y no tendrías problema y lo tendrías reconocido.
Después de la solicitud la Consejería tendría que haber mandado la autorización para hacer la funcione superiores y las tendrías que firmar tu y mandarla otra vez a la consejería te lo explico para la próxima vez
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Re: INFORMACIÓN

Notapor F.J. » 03 Feb 2015 21:54

Exacto. cualquier tipo de trabajo en superior categoria debe estar debidamente autorizado.
Lo que puedes hacer es presentar demanda para que te lo reconozcan como tiempo de trabajo de superior categoría. Y si quieres también que te lo paguen, ya que creo que si no ha sido autorizado tampoco lo habrás cobrado.
Saludos
F.J.
 
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Notapor Rafa Rivero » 03 Feb 2015 23:41

de poner una demanda y cobrarlo tal vez pudiera ganarlo, es decir la diferencia económica puede que te reconocieran en un tribunal pero la categoría superior no, pues hay precedentes por ejemplo le ocurrio a varios cocineros de Córdoba con sentnecias en las que les reconocieron realización de trabajos de Oficial 1ª Cocina, pero solo a efectos económicos.
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Notapor Rafa Rivero » 03 Feb 2015 23:41

En caso de poner una demanda y cobrarlo tal vez pudiera ganarlo, es decir la diferencia económica puede que te reconocieran en un tribunal pero la categoría superior no, pues hay precedentes por ejemplo le ocurrio a varios cocineros de Córdoba con sentencias en las que les reconocieron realización de trabajos de Oficial 1ª Cocina, pero solo a efectos económicos.
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Re: INFORMACIÓN

Notapor lucky » 04 Feb 2015 21:58

Gracias a todos por la ayuda.
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