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El Supremo condena a la Junta por ir contra USTEA

NotaPublicado: 11 Mar 2015 11:02
por FLO
http://www.elmundo.es/andalucia/2015/03/11/54ff425c268e3e44468b4584.html

PRENSA: El Supremo condena a la Junta a pagar 12.000 euros a Ustea por 'daños morales'

Mié, 11/03/2015 - 09:40 Actualidad y Novedades. Comunicación

PRENSA: Diario El Mundo. 11/03/2015

TRIBUNALES

Les negó sus derechos sindicales
El Supremo condena a la Junta a pagar 12.000 euros a Ustea por 'daños morales'
Una sentencia anterior ya condenaba a la administración por conductas antisindicales

El Gobierno andaluz denegó al sindicato las horas de liberación sindical

Tampoco le permitió participar en la negociación del convenio del personal laboral

MIGUEL CABRERAAlmería
Actualizado: 11/03/2015 08:08 horasVer más

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a la Junta a pagar 12.000 euros a la Unión Sindical de Trabajadores de Andalucía (Ustea)por los daños morales provocados al lesionar su derecho fundamental a la libertad sindical, después de que no accediera inicialmente a permitir su entrada en la comisión negociadora del VII Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración y de que no le concediera los trabajadores liberados que le correspondían en base a la representatividad alcanzada en las últimas elecciones sindicales de 2011.
La Sala de lo Social del TS ha estimado el recurso de casación interpuesto por el sindicato contra la sentencia dictada por el TSJA, que aunque también reconoció su representatividad y rechazó las conductas antisindicales de la Junta, no atendió su petición de indemnización por daños morales.
Sin embargo, el Supremo, al igual que el TSJA, tampoco estima la reclamación de otra indemnización de 221.235 euros, que es la cantidad equivalente, según el sindicato, a los salarios correspondientes a los días en los que se ha denegado el permiso para asistir a las reuniones de la comisión del convenio a los siete representantes de los trabajadores que debían haber sido liberados según las normas del VI Convenio. Ustea expuso, a través delabogado José María Campos, que siete representantes del sindicato acudieron a todas las reuniones por sus propios medios desde enero de 2012 hasta mayo de 2014, cuando la Junta fue obligada a que fueran liberados sus representantes por la sentencia del TSJA. No obstante, el TS no considera acreditado este extremo.
El Supremo sí entiende que la Junta deberá pagar los 12.000 euros por daños morales por los "problemas organizativos" que ha supuesto para el sindicato tener que acudir sin el personal liberado a las reuniones, a pesar de que le correspondían. También entiende que esta conducta antisindical de la Junta ha causado perjuicios a Ustea en su actividad "de difícil evaluación y estimación, al tener que realizar dicha actividad durante el periodo que no tuvo y debió tener a los mencionados liberados en razón a lo dispuesto en el artículo 65.1 del VI Convenio, sustituyéndolos por otros trabajadores liberados, con crédito horario por cauce distinto, y para funciones diferentes-, en condiciones menos favorables que los otros sindicatos, lo que se traduce en un daño moral, que puede ser reparado con la indemnización de 12.000 euros, que fueron los reclamados por el sindicato.
"El Supremo reconoce que este sindicato fue perjudicado al no poder disponer de los mismos medios durante muchos menos a pesar de que nos correspondía", dice Juan Valdivieso, secretario de Organización de Ustea-Laborales de Andalucía.
El sindicato lamenta una vez más la discriminación que ha sufrido de manos de la Junta, después de que se le negaran sus derechos tras las elecciones sindicales del personal laboral de la Administración en 2011, cuando alcanzó una representatividad del 12,69%. Según las normas del VI Convenio, esto significaba que el sindicato debería contar con siete liberados, del total de 55 que se reparten entre todos los sindicatos atendiendo a los votos recibidos. Ustea tuvo que recurrir a la Justicia para que sus derechos fueran atendidos por el TSJA. Sin embargo, desde enero a junio de 2012 ni siquiera pudo acceder a las reuniones del Convenio Colectivo, y cuando lo hizo -la Junta accedió porque sabía que era su derecho- no tuvo los liberados establecidos hasta que una sentencia judicial firme ha obligado a la Administración.

Re: El Supremo condena a la Junta por ir contra USTEA

NotaPublicado: 11 Mar 2015 17:38
por FLO
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-ts-condena-junta-pagar-12000-euros-danos-morales-ustea-no-reconocer-representatividad-20150311131220.html
http://www.20minutos.es/noticia/2401471/0/ts-condena-junta-pagar-12-000-euros-por-danos-morales-ustea-por-no-reconocer-su-representatividad/

TS condena a Junta a pagar 12.000 euros por "daños morales" a Ustea por no reconocer su representatividad La sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por Ustea y ha condenado a la Consejería de Hacienda y Administración Pública a indemnizar con 12.000 euros al sindicato por "daños morales", por no reconocer su representatividad sindical en las negociaciones de convenios colectivos. ECO Poca actividad social ¿QUÉ ES ESTO? 0 0 2 4 1 EUROPA PRESS. 11.03.2015 La sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por Ustea y ha condenado a la Consejería de Hacienda y Administración Pública a indemnizar con 12.000 euros al sindicato por "daños morales", por no reconocer su representatividad sindical en las negociaciones de convenios colectivos. En octubre de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia en el recurso de derechos fundamentales, seguido ante la Sala de lo Social de Granada y promovido por Ustea contra la Consejería de Hacienda y Administración pública, CSIF, CCOO y UGT, a los que el Alto Tribunal andaluz condena por "lesionar el derecho fundamental a la libertad sindical de Ustea y exigiéndole el cese inmediato de la conducta antisindical". Entonces, el TSJA exigía "el cese inmediato de la conducta antisindical" y "el reconocimiento pleno al sindicato Ustea de sus derechos en la representatividad del personal laboral del VI convenio colectivo de la Junta de Andalucía". Ustea presentó una demanda sobe tutela del derecho de libertad sindical ante el TSJA, que fue estimada sólo en parte por el Alto Tribunal andaluz, por lo que dicho sindicato decidió formalizar recurso de casación contra dicha sentencia, recurso basado en varios motivos como "errores en la apreciación de la prueba", entre otros. Finalmente se ha estimado en parte el recurso presentado por Ustea, en el sentido de adicionar a las pretensiones acogidas en la sentencia recurrida el derecho de percibir en concepto de indemnización por daños morales la cantidad de 12.000 euros, que deberá ser abonada por la Consejería. Según ha resaltado Ustea en un comunicado, esta sentencia "viene a ampliar lo estimado por Tribunal Superior Justicia de Andalucía, que condenó, en octubre de 2013, a la Consejería de Hacienda y Administración Pública por impedir al sindicato Ustea el desarrollo de su actividad laboral y lesionar su derecho fundamental a la libertad sindical". La lesión fundamental reclamada está motivada por el reparto que la Administración hace de los créditos sindicales entre los miembros de la comisión de convenio UGT, CCOO y CSIF. "ignorando la nueva composición de la Comisión de Convenio y los derechos en ese reparto de Ustea como miembro de pleno derecho de ésta desde finales de 2011". Ha recordado el sindicato que esta cuestión "tardó en resolverse también más de medio año, mediando un conflicto judicial y que fue resuelto días antes de la vista en el TSJA de Málaga". Ustea ha recordado que "van para cuatro años desde las elecciones sindicales en 2011 en las que Ustea consiguió representación suficiente para estar en las mesas de negociación del personal laboral". Apunta que "es un derecho que debía ejecutarse como un mero trámite administrativo de reconocimiento y dotación de los medios correspondientes, pero que se ha convertido en una odisea plagada de obstáculos y trabas, malas artes, laxitud en los procedimientos, en definitiva: discriminación pura y dura, que ha requerido de un sobresfuerzo de lucha a todos los niveles, contra todos los entes establecidos tanto la Administración como sindicales, que parecían actuar como un todo". Ustea critica que la Junta "ha ido coartando la actividad sindical de manera reiterada y sólo ha ido cediendo en último término tras demandas y sentencias judiciales, que en esta última, del Tribunal Supremo, viene a estimarse una cantidad económica para resarcir los daños causados al sindicato por la Consejería en cuestión, por la Junta de Andalucía". Ha apuntado que tal cantidad económica "es la única forma que tiene la Justicia para resarcir los daños ocasionados, pero para Ustea, lo importante es que el Tribunal Supremo viene a reconocer en la sentencia, lo que venimos denunciando desde las elecciones celebradas en 2011". Ustea venía denunciado que "todo ello ha conllevado un problema organizativo para el sindicato, lo que es lógico y comprensible, y perjuicios en su actividad sindical, de difícil evaluación y estimación, al tener que realizar dicha actividad —durante el período en que no tuvo, y debió tener, a los 'liberados sindicales' en razón a lo dispuesto en el convenio, sustituyéndolos por otros trabajadores liberados, con crédito horario por cauce distinto, y para funciones diferentes—, en condiciones menos favorables que los otros sindicatos, lo que se traduce en un daño moral que puede ser reparado con la indemnización de 12.000 euros". Este sindicato valora que todas estas acciones ejercidas por la Junta se deben al "miedo" que tienen de una organización sindical a la cual no tienen "amarrada", y mantiene que continuará con su política sindical de defensa de los trabajadores "en todos los ámbitos sin ataduras de ningún tipo".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2401471 ... xts=467263

Re: El Supremo condena a la Junta por ir contra USTEA

NotaPublicado: 12 Mar 2015 20:28
por manonegra
Viva el Partido Socialista Obrero, condenado por daños morales a un sindicato y conducta antisindical. Cualquier cosa puede encajar en la definición de socialista y obrero, hasta la conducta más reaccionaria y para muestra un botón: El PSOE de Andalucía, que además adelantando por la derecha al PP, se niega a pagar la parte devengada de la paga extra a los empleados públicos de la Junta de Andalucía: CORRUP$0€, año 1977: 100 AÑOS DE HONRADEZ....¡¡¡¡Y ni uno más que ya está bien¡¡¡¡