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salud laboral

NotaPublicado: 14 Mar 2015 00:41
por 019670
buenas noches compañeros quiero pedir salud laboral ,quisiera que me imformarais como lo puedo hacer y los pasos a seguir deciros que soy limpiadora ,tengo poblemas en las manos y un poblema cardiaco ,muchas gracias y un saludo

Re: salud laboral

NotaPublicado: 14 Mar 2015 01:03
por terelv77
Hola. Debes solicitarlo mediante la solicitud que hay colgada en la web del empleado público acompañada de informes médicos que certifiquen las patologías que padeces y donde el médico aconseje que un cambio de puesto de trabajo mejoraría tu salud. Cuanto más acredites con informes que estás mal de salud y que tu actual puesto de trabajo perjudica tu salud, mejor. Eso lo resuelve la Comusión en Sevilla. Te envío enlace .Suerte.

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... NEXO_I.pdf

Re: salud laboral

NotaPublicado: 14 Mar 2015 19:54
por Rafa Rivero
El enlace que ha dejado terelv77 para solicitar movilidad por razones de salud es el de los funcionarios, dejo el de los laborales:

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... V05-00.pdf

Re: salud laboral

NotaPublicado: 14 Mar 2015 20:42
por terelv77
Es verdad, Rafa, no me había dado cuenta cuando establecí el enlace.

Re: salud laboral

NotaPublicado: 17 Mar 2015 00:25
por 019670
muchas gracias compañeros ,por los impresos y ya solo esperar que me hagan unas pruebas y presentar los papeles , a ver si ni tarda mucho ,un saludo

Re: salud laboral

NotaPublicado: 17 Mar 2015 07:00
por pilimili
buenos dias a tod@s mi pregunta, es si siendo personal laboral y no funcionario de la junta andalucia ,dentro de la misma categoria, se puede pedir mejora a otro puesto de trabajo distinto, por problemas de salud importantes.Por favor si alguien tiene informacion al respecto ,ruego la pongan en el foro,tengo entendido que solo los funcionarios,pueden optar a salud laboral
muchas gracias y saludos

Re: salud laboral

NotaPublicado: 17 Mar 2015 10:44
por Pepag.
Buenos días en el artículo 23.1 del VI convenio Colectivo del Personal Laboral se establece que la movilidad por disminución de la capacidad del personal puede solicitarlo la persona interesada o a instancia de la Administración, a otra categoría del mismo Grupo Profesional o inferior, siempre que acredite la titulación exigida. Estas peticiones serán tramitadas y resueltas por la Consejería competente en materia de Función Pública, previo informe emitido por el Tribunal Médico y acuerdo de la Subcomisión de Salud Laboral.