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Permisos sin retribución

NotaPublicado: 26 Mar 2015 12:37
por NESSY
Me gustaría saber cómo es el proceso para pedir un permiso sin retribución (solicitud, plazo, a quién se envía, si hay que esperar a que lo acepten...) y, sobre todo, cuánto tiempo antes de la fecha que queramos habría que solicitarlo, y el tiempo que se suele tardar en tener respuesta.
Gracias.

Re: Permisos sin retribución

NotaPublicado: 26 Mar 2015 13:44
por Andevalo
Hola:

El derecho a disfrutar de permisos sin retribución, aparece reflejado en el VI Convenio Colectivo en su art 36 1.2.2 Posteriormente el acuerdo de 9 de Julio de 2013 (BOJA nº 142 de 22-7-2013) de medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de l@s empleados públicos, desarrolla en su cláusula sexta este permiso añadiendo que lo podrá solicitar el personal que haya cumplido al menos un año de servicios efectivos, por un plazo no inferior a siete dias ni superior a tres meses. Dicho permiso le será concedido por la Consejería u organismo al que la persona esté adscrita, dentro del mes siguiente al de la solicitud, siempre que lo permitan las necesidades del servicio, que habrán de ser debidamente motivadas.

Te dejo enlaces al Acuerdo de 9 de Julio y al modelo de solicitud:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/201 ... 031016.pdf

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... misos2.pdf

Re: Permisos sin retribución

NotaPublicado: 26 Mar 2015 14:16
por NESSY
Muchas gracias, Andevalo, por tu respuesta.
Me interesaba sobre todo saber cuántos días suelen tardar en responderte en la práctica, si hay alguien que lo haya solicitado...

Re: Permisos sin retribución

NotaPublicado: 31 Mar 2015 10:46
por NESSY
¿Alguien ha solicitado un permiso sin retribución últimamente? Es para saber cuánto tardan en concederlo. Gracias.

Re: Permisos sin retribución

NotaPublicado: 31 Mar 2015 11:58
por terelv77
Eso depende de cada centro, pero no tiene por qué tardar tanto. Visto si los servicios quedan cubiertos, pueden autorizar de momento. A mí así me pasó.

Re: Permisos sin retribución

NotaPublicado: 31 Mar 2015 13:43
por NESSY
Gracias.