FUNCIONES DEL PAS EN SERVICIO COMEDOR GESTION DIRECTA

En este curso (14/15) hemos sufrido los recortes de personal docente para atender el servicio de comedor escolar, lo que ha supuesto una sobrecarga de trabajo para el resto de los trabajadores de este servicio.
Han surgido dudas y conflicto sobre las funciones del PAS con respecto a la atención del alumnado.
El Convenio dice:
- El Monitor Escolar tiene que “realizar la vigilancia de los alumnos en los comedores escolares, siempre bajo la dirección de los cargos directivos del centro que al efecto se designen”.
- La Cocinera y Ayudante Cocina: “sin menoscabo de otro personal que tenga funciones en los comedores escolares, la atención, cuidado y vigilancia de los comensales (alumnado) en el comedor escolar correspondiente”
- La TSEI :”Vigilan a los niños y los atienden en sus necesidades durante la jornada, cuidándolos esencialmente y ayudándolos en las horas de comida y reposo”.
Ante el conflicto surgen las siguientes cuestiones:
¿Se entiende que la función del Monitor Escolar, en el comedor, es solo vigilancia del alumnado (comedor y recreo) y están excluidas las funciones inherentes al servicio de cocina, como por ejemplo servir las mesas?
¿Se entiende que Cocinera y Ayudante Cocina tienen la obligación se servir las mesas, atender, cuidar y vigilar a los comensales?
¿La TSEI dice que sólo cuidará a los alumnos de Educación Infantil?
La dirección del centro dice que estas funciones no están claras en el convenio y que todos tenemos que hacer de todo.
El Jefe de Personal del PAS de la Delegación T. dice que sí están claras y que debe intervenir el servicio de inspección para aclarar el asunto.
¿Qué órgano superior nos puede aclarar esta situación?
Han surgido dudas y conflicto sobre las funciones del PAS con respecto a la atención del alumnado.
El Convenio dice:
- El Monitor Escolar tiene que “realizar la vigilancia de los alumnos en los comedores escolares, siempre bajo la dirección de los cargos directivos del centro que al efecto se designen”.
- La Cocinera y Ayudante Cocina: “sin menoscabo de otro personal que tenga funciones en los comedores escolares, la atención, cuidado y vigilancia de los comensales (alumnado) en el comedor escolar correspondiente”
- La TSEI :”Vigilan a los niños y los atienden en sus necesidades durante la jornada, cuidándolos esencialmente y ayudándolos en las horas de comida y reposo”.
Ante el conflicto surgen las siguientes cuestiones:
¿Se entiende que la función del Monitor Escolar, en el comedor, es solo vigilancia del alumnado (comedor y recreo) y están excluidas las funciones inherentes al servicio de cocina, como por ejemplo servir las mesas?
¿Se entiende que Cocinera y Ayudante Cocina tienen la obligación se servir las mesas, atender, cuidar y vigilar a los comensales?
¿La TSEI dice que sólo cuidará a los alumnos de Educación Infantil?
La dirección del centro dice que estas funciones no están claras en el convenio y que todos tenemos que hacer de todo.
El Jefe de Personal del PAS de la Delegación T. dice que sí están claras y que debe intervenir el servicio de inspección para aclarar el asunto.
¿Qué órgano superior nos puede aclarar esta situación?