Conserjes

Publicado:
14 Sep 2015 12:09
por MARX
Hola, quisiera saber si los conserjes se pueden trasladar sólo entre conserjes o se pueden trasladar también de conserje a ordenanza, ya que son del mismo grupo. Gracias.
Re: Conserjes

Publicado:
14 Sep 2015 13:01
por Karissa
MARX escribió:Hola, quisiera saber si los conserjes se pueden trasladar sólo entre conserjes o se pueden trasladar también de conserje a ordenanza, ya que son del mismo grupo. Gracias.
Hola.
La norma dice literalmente:
"Las actuales categorías profesionales de Conserje, Expendedor, Ordenanza, Telefonista y Vigilante se fusionan en la nueva categoría profesional Personal de Servicios Generales.
5. Los puestos de trabajo denominados Jefe de Cocina, por una parte, y los de Conserje y Expendedor, por otra parte, tendrán, dentro de la categoría Dirección de Cocina y de la categoría Personal de Servicios Generales, respectivamente, la consideración de puestos singularizados, a los que solo se podrá acceder por concurso de traslados desde los puestos integrados en estas categorías profesionales.
Excepcionalmente, si alguno de los puestos de Jefe de Cocina, Conserje o de Expendedor no es objeto de cobertura en una convocatoria de concurso de traslados, se incluirán en la siguiente convocatoria de promoción."
A tenor de lo regulado, nada hay tipificado que se pueda interpretar como impedimento para concursar en traslados desde el puesto singularizado de Conserje a otros de la misma categoría.
Salvo mejor opción, un saludo
Re: Conserjes

Publicado:
14 Sep 2015 14:52
por MARX
No he entendido muy bien, entonces se puede trasladar de conserje a ordenanza?
Re: Conserjes

Publicado:
15 Sep 2015 11:54
por manolo
yo no me cambiaria perderias complemento.................y la singularizacion del puesto.
Re: Conserjes

Publicado:
15 Sep 2015 14:26
por CRONOS
QUE SIGNIFICA PUESTO SINGULARIZADO???...
Y AUNQUE ESTEN TODOS PUESTOS DENTRO DE LA MISMA CATEGORIA, EL TRASLADO QUE SERIA DE PUESTO O DE CATEGORIA PROFESIONAL, Y QUE PASARÁ CON LAS PROMOCIONES EN ESTOS PUESTOS?
Re: Conserjes

Publicado:
15 Sep 2015 23:16
por MARX
Yo lo que quiero saber es que si de Conserje se puede trasladar a Ordenanza o sólo de Conserje a Conserje.
Y otra cosa, qué funciones tiene el conserje a diferencia de los ordenanzas?
Gracias.
Re: Conserjes

Publicado:
16 Sep 2015 00:03
por Karissa
CRONOS escribió:QUE SIGNIFICA PUESTO SINGULARIZADO???...
Y AUNQUE ESTEN TODOS PUESTOS DENTRO DE LA MISMA CATEGORIA, EL TRASLADO QUE SERIA DE PUESTO O DE CATEGORIA PROFESIONAL, Y QUE PASARÁ CON LAS PROMOCIONES EN ESTOS PUESTOS?
Puesto singularizado significa que tiene una distinción. En el caso de Conserje, no se cubre por concurso a fijo, y sólo si no se cubre en concurso de traslados saldrá en la siguiente promoción.
El concurso de traslados sería a cualquier puesto integrado en una misma categoría. Dentro de la categoría profesional de Personal de Servicios Generales se puede concursar a Conserje, Expendedor, Ordenanza, Telefonista y Vigilante.
Insisto que a mi entender, no hay ningún impedimento de concursar a traslado, desde Conserje a otro puesto dentro de su misma categoría. Las funciones de cada puesto siguen siendo las mismas reguladas en el VI Convenio Colectivo para el Personal Laboral.
PD. Recuerdo que el Acuerdo de modificación parcial del Sistema de Clasificación Profesional, salió adelante con la firma de CSIF, CCOO, la abstención de UGT y la posición en contra de USTEA que advirtió desde el principio que generaría muchos problemas por incompleto, perjudicial, insensible y nefasto ...y que tal y como anunció en la Mesa de Negociación, tiene iniciado Conflicto Colectivo sobre el Acuerdo de 14 de noviembre de 2014 de Clasificación Profesional del Personal Laboral de la Junta de Andalucía.
http://asp-laborales.ustea.org/node/2526
Re: Conserjes

Publicado:
16 Sep 2015 09:57
por carmatejo
Literalmente el VI Convenio Colectivo, en relación a las funciones de Conserje y Ordenanza, dice lo siguiente:
CONSERJE
"Es el trabajador que, al frente de los Ordenanzas, Vigilantes y Personal de Limpieza, en su caso,
cuida de la disciplina del personal a su cargo y de la distribución del trabajo, del ornato y policía de
los locales, orienta a las visitas, atiende que se cumplan las medidas de vigilancia con respecto a
las personas que entran y salen de la dependencia, cuida del servicio de llaves, cuida de la
recepción de la correspondencia, encargándose de que llegue a sus destinatarios en su caso,
correrá a su cargo la responsabilidad de la redacción de las hojas de entradas y salidas de los visitantes."
ORDENANZA
"Es el trabajador cuyas funciones consisten en la ejecución de recados oficiales dentro o fuera
del centro de trabajo, la vigilancia de puertas y accesos a la dependencia donde esté destinado,
controlando las entradas y salidas de las personas ajenas al servicio; el recibir peticiones de éstas
relacionadas con el mismo e indicarles la unidad u oficina donde deban dirigirse; realizar el porteo;
dentro de la dependencia, del material, mobiliario y enseres que fueren necesarios, franquear,
depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia; hacerse cargo de las entregas y avisos,
trasladándoles puntualmente a sus destinatarios, cuidar del orden, custodiar las llaves, encargarse
de la apertura y cierre puntual de las puertas de acceso a la dependencia; prestar, en su caso,
servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, bibliotecas, almacenes,
ascensores, etc., atención al alumnado en los centros docentes, cuando estuviese destinado en
ellos; atender y recoger llamadas telefónicas o de radio que no le ocupen permanentemente;
realizar copias y manejar máquinas sencillas de oficina ocasionalmente cuando se le encargue; en
los centros asistenciales, ayudarán a aquellos beneficiarios que lo precisen, al traslado de sus
equipajes."
Re: Conserjes

Publicado:
16 Sep 2015 10:05
por CRONOS
POR LO TANTO UN CONSERJE NO TIENE LAS MISMAS FUNCIONES QUE UN ORDENANZA, EN ALGUNOS CENTROS NO SE LES TIENE LA CONSIDERACION Y SE LE CONFUNDE CON LOS ORDENANZAS EN CUANTOS A LAS FUNCIONES. AUN ESTANDO EN EL MISMO GRUPO TIENE LA REPONSABILIDAD DE PERSONAL A SU CARGO, SIN EMBARGO EN OTRA CATEGORIAS QUE GESTIONAN PERSONAL (JEFE DE COCINA, GOBERNANTE, ENCARGADO), ESTAN EN UN GRUPO SUPERIOR (GRUPO III).
ESPERO QUE ESTA RECALIFICACIÓN PROFESIONAL SE LE RECONOZCA LAS FUNCIONES A LOS CONSERJE, Y LE DEN SU CATEGORIA QUE SE MERECEN.
YA QUE EN EL ACUERDO DE RECALIFICACIÓN, ALGUNAS CATEGORÍA SERÍA OBJETO DE ESTUDIO, ESPERO QUE LA SINGULARIZACION DEL PUESTO SEA POR ESE SENTIDO Y NO COMO BIEN HAS COMENTADO QUITARLA EN LOS PROXIMO CONCURSO DE ACCESO A FIJO.