por F.J. » 31 Ene 2016 20:15
Salvo mejor opnión.
Las comisiones de servicio son, unicamente,para funcionarios. Son por un maximo de ¿X? meses prorogables como maximo otros ¿x? y son, en teoria, para cubrir necesidades imperiosas por corto tiempo. Existen también las adscripciones provisionales que es lo mismo pero indefinido y es lo que se aplica en general en muchas administraciones. Algunas veces se han efectuado suplencias de los jefes y en algunos sitios se entiende que los suplentes de jefes estan o se llaman en comisión de servicio, pero es erróneo- Para esto valen tanto laborales como funcionarios con algunas peculiaridades para los laborales que no pueden suplir puestos de jefatura vacantes aunque si pueden cubrir enfermedades o vacaciones.
En la Función Pública la comisión de servicios es unicamente para los funcionarios. Y se debe regir por unos principios, cuando un puesto de trabajo quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad, en comisión de servicios de carácter voluntario, con un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo.
Podrán acordarse también comisiones de servicios de carácter forzosa. Cuando celebrado concurso para la provisión de una vacante, ésta se declare desierta y sea urgente para el servicio su provisión, podrá destinarse con carácter forzoso al funcionario que preste servicios en el mismo Departamento, incluidos sus Organismos Autónomos o Entidad Gestora de la Seguridad Social, en el municipio más próximo o con mejores facilidades de desplazamiento y que tenga menores cargas familiares y en igualdad de condiciones, al de menor antigüedad.
A los funcionarios en comisión de servicios, se les reservará el puesto de trabajo y percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos incluidos en los programas en que figuren dotados los puestos de trabajo que realmente desempeñan.
Saludos.