ASUNTOS PROPIOS: ¡¡¡Cuidado con lo que se firma!!!

Os adjunto el enlace de la sentencia comentada del TS en su sala de lo Social de Madrid donde se da la razón a la empresa respecto de la diferencia de trato, según el tipo de contrato que se tenga, a la hora de conceder asuntos propios.
Buena lectura.
Enlace a la sentencia comentada: http://empaladospublicos.blogspot.com.e ... de-lo.html
Buena lectura.
Enlace a la sentencia comentada: http://empaladospublicos.blogspot.com.e ... de-lo.html