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DUDAS VACACIONES DEL PERSONAL LABORAL

NotaPublicado: 28 Mar 2016 22:31
por pepe2016
Tengo dudas respecto a las VACACIONES del personal laboral de la Junta,
-Tanto en la Instrucción 3/2007 como en el Conenio Colectiva dice “tendrán una duración de un mes natural o de 22 días hábiles”, pero en la Instrucción 4/2012 dice tendrán una duración de 22 días hábiles. ¿Se aplica la Instucción 4/2012? No entiendo muy bien el motivo del cambio.
- En cuianto al periodo del disfrute vacacional es aplicable ahora lo dispuesto en la Instrucción 4/2012 en lugar de lo que dice la Instucción 4/2012?
-Respecto a la coincidencia del periodo vacaional con los periodos de baja temporal, peromso de maternidad,se mantiene lo dicho en la Instrucción 3/2007+ Instrucción 4/202?
En cuanto a todo lo demás relativo a la vacaciones del personal laboral se mantiene la Instrucción 3/2007? Gracias

Re: DUDAS VACACIONES DEL PERSONAL LABORAL

NotaPublicado: 29 Mar 2016 09:06
por FLO
Es válida la instrucción 4/2012 (http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/servicios/normativa/instrucciones/2013/adj-Instruccion_4_2012__.pdf) Es la instrucción que hace la Administración para la aplicación de la ley 3/2012, de 21 de septiembre...la "ley de los recortes"

La instrucción 3/2007 es aquella instrucción sobre la aplicación del EBEP (ESTATUTO BÁSICO EMPLEADO PÚBLICO) que ha sufrido algunas modificaciones por las últimas leyes de recortes, así por tanto, no es muy de fiar. Para comprobar qué está actualizado del EBEP, mejor mirarlo directamente en su versión más reciente de 31/10/2015: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-7788

Re: DUDAS VACACIONES DEL PERSONAL LABORAL

NotaPublicado: 30 Mar 2016 15:46
por pepe2016
Muchas gracias entonces lo correcto son 22 dias hábiles en lugar de 1 mes naturla no? pues es lo mismo...no entindo ese cambio.
Y aplicando entonces la INstrucción 4/2012 y el nuevo EBEP en cuanto al periodo de disfrute y demás no? Gracias