DUDAS VACACIONES DEL PERSONAL LABORAL

Tengo dudas respecto a las VACACIONES del personal laboral de la Junta,
-Tanto en la Instrucción 3/2007 como en el Conenio Colectiva dice “tendrán una duración de un mes natural o de 22 días hábiles”, pero en la Instrucción 4/2012 dice tendrán una duración de 22 días hábiles. ¿Se aplica la Instucción 4/2012? No entiendo muy bien el motivo del cambio.
- En cuianto al periodo del disfrute vacacional es aplicable ahora lo dispuesto en la Instrucción 4/2012 en lugar de lo que dice la Instucción 4/2012?
-Respecto a la coincidencia del periodo vacaional con los periodos de baja temporal, peromso de maternidad,se mantiene lo dicho en la Instrucción 3/2007+ Instrucción 4/202?
En cuanto a todo lo demás relativo a la vacaciones del personal laboral se mantiene la Instrucción 3/2007? Gracias
-Tanto en la Instrucción 3/2007 como en el Conenio Colectiva dice “tendrán una duración de un mes natural o de 22 días hábiles”, pero en la Instrucción 4/2012 dice tendrán una duración de 22 días hábiles. ¿Se aplica la Instucción 4/2012? No entiendo muy bien el motivo del cambio.
- En cuianto al periodo del disfrute vacacional es aplicable ahora lo dispuesto en la Instrucción 4/2012 en lugar de lo que dice la Instucción 4/2012?
-Respecto a la coincidencia del periodo vacaional con los periodos de baja temporal, peromso de maternidad,se mantiene lo dicho en la Instrucción 3/2007+ Instrucción 4/202?
En cuanto a todo lo demás relativo a la vacaciones del personal laboral se mantiene la Instrucción 3/2007? Gracias