Buenos días:
Adjunto enlace a la Resolución de 15 de enero por la que se introducen modificaciones en el sistema de clasificación profesional. (BOJA nº 14 de 22 /1/2015):
http://www.juntadeandalucia.es/boja/201 ... 062016.pdfEn la resolución se habla de los requisitos de acceso para la categoría de Auxiliar de Instituciones Culturales que son los generales del Grupo IV (artículo 13), en cuanto a la definición de funciones aparecen recogidas en el Acuerdo de 27 de noviembre de 2003 (BOJA núm. 112, de 9.6.2004).
En cuanto a la categoría de Servicios Generales, es una categoría que se ha creado con la fusión de las categorías de Conserje, Expendedor, Ordenanza, Telefonista y Vigilante que se fusionan en la nueva categoría profesional Personal de Servicios Generales.
Saludos