ferropenica escribió:Formo parte del Personal de Limpieza y Alojamiento en el departamento de lavanderia, en la Residencia de ancianos de Linares. Nos han pedido nuestra Gobernanta que nos ha traído un rollo de tela que confeccionemos manteles y litos.Desearía alguien pudiera informarnos si confeccionar esta dentro de nuestras tareas en la categoría mencionada. Un saludo de antemano.
Esto dice el convenio:
Son los trabajadores que a las órdenes de un Encargado, Gobernanta o Subgobernanta realizan funciones, tanto en atención directa a los usuarios de las dependencias como en el aseo y cuidado material de ésta, concretándose en labores de comedor-oficio, lavandería-lencería y limpieza-pisos. Serán funciones propias de estos trabajadores:
Realización de labores propias de comedor-oficio, poniendo especial cuidado en el manejo de los materiales encomendados y asistencia y ayuda a los usuarios del comedor si éstos por imposibilidad o edad así lo requieren sirviendo las comidas en su caso o estando en las líneas de los autoservicios.
Realización de las funciones propias de lavandería-lencería y plancha. Manejo y atención de la maquinaria para estos menesteres, poniendo el máximo esmero en el trato de la ropa tanto del centro como de los residentes si los hubiere y dando la mejor utilización a los materiales. Realizarán las labores propias de limpieza de habitaciones y zonas comunes (camas, cambios, ropa, baños, etc.) procurando la mayor atención a los usuarios, más cuando éstos sean imposibilitados o menores.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les encomienden en relación con sus funciones.La confección de prendas no creo que sea de similar naturaleza a las funciones anteriores. Yo creo que no.