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Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 19:51
por Ninfas
Buenas tardes, aunque creo que no existe nada de reglamentación para ello, ya que creo que es ilegal, pero quisiera que me hagais el favor de informarme sobre si existe alguna reglamentación sobre el cobro (€), de fotocopias a los alumnos.
Un saludo.
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 20:13
por Gabriela
Bnas tardes, los gastos de fotocopias del centro forma parte de presupuesto de gastos del centro igual que el papel higiénico. Saludos
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 20:21
por Ninfas
Muchas gracias por contestar, Grabiela, pero no me estoy refiriendo a eso. ¿Puede el centro cobrar por que los alumnos hagan fotocopias? ¿Los ordenanzas estamos obligados a hacer esas fotocopias cobradas?
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 20:33
por Gabriela
Bnas tardes, el/la ordenanza hace fotocopias exámenes, apuntes....para el desarrollo de las clases y organización del centro. Las fotocopias del alumnado son particulares y para eso están las copisterias. Se me olvidaba la reproducion total o parcial de libros es ilegal.Saludos
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 20:43
por Ninfas
Gracias Gabriela, pero insisto ¿hay alguna reglamentación, disposición, circular, ...en la que esté establecido?
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
11 Nov 2016 21:00
por Gabriela
Las centros tienen un presupuesto para gastos de funcionamiento y en eso incluye fotocopias. Compañera Ninfa usted me esta hablando de un copago en fotocopias y para mi eso ilegal, porque ya hay un dinero para esa finalidad. No se si la Consejería lo sabe, pero en otras comunidades han enviado circulares en contra de esas practicas abusivas e ilegales. Encima utiliza mano de obra de forma ilegal. Saludos.
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
12 Nov 2016 02:59
por MARIANA
Buenas, creo entender q a lo q se refiere la compañera, manejo d dinero, se llama quebranto d moneda y ninguna categoría, q yo sepa dl personal laboral tiene recogido tal cosa en sus funciones.
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
14 Nov 2016 08:38
por Pepag.
Ninfas escribió:Buenas tardes, aunque creo que no existe nada de reglamentación para ello, ya que creo que es ilegal, pero quisiera que me hagais el favor de informarme sobre si existe alguna reglamentación sobre el cobro (€), de fotocopias a los alumnos.
Un saludo.
Buenos días, te remito la Orden de 10 de mayo, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos, las fotocopias se consideran ingresos por recursos propios del centro.
https://www.juntadeandalucia.es/economi ... -05-06.pdfSaludos.
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
14 Nov 2016 13:21
por F.J.
Salvo una opinión mas cualificada:
Lo importante es la cuestión monetaria y sobre el quebranto de moneda es que es voluntario, es decir, la empresa puede abonarlo o puede no hacerlo, en cualquier caso, el trabajador sólo responderá de las posibles pérdidas de dinero cuando perciba esta "indemnización" mensual llamada quebranto de moneda.
En caso de no abonarse ningún suplido o prima, el trabajador no puede responder de las pérdidas, ya que esto rompería una de las notas principales de las relaciones laborales, y es que el trabajador es ajeno a los riegos de la empresa (lo cual incluye las pérdidas), salvo que haya actuado de forma dolosa o culpable.
Está claro que dentro de las retribuciones del personal en los IES no se incluye este complemento, luego no pueden tener resppnsabilidad alguna en las pérdidas.
Ahora bien si el trabajador se apropia indebidamente del dinero de la empresa (de las fotocopias, en este caso), estaríamos hablando de un hurto o un robo, que debería investigarse para proceder en su caso, a la sanción correspondiente.
En todos estos casos al personal laboral se les suele pedir, y esperar de ellos, que realicen funciones que no son competencia suya. Pero esto nunca es recíproco. Y como ejemplo, a ningún docente se le ocurre tomar una fregona para fregar algo porque no hay un PSG en ese horario.
Hay una normativa muy antigua que aún sigue funcionando como referencia, es la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964.
El problema está en que los centros pretenden fonanciar lo máximo posible los costes derivados de las fotocopias con el cobro de las mismas a los alumnos, ya que cada fotocopia que se cobra en efectivo reporta un beneficio monetario al centro. Se traslada al alumno los costes que en muchos casos deben asumir los departamentos correspondientes.
Voy a tratar de informarme mejor. Por lo general las funciones que no se recogen en convenio suelen estar en el reglamento de régimen interno de los propios centros. Pero estos no deben contravenir al Convenio.
Las fotocopias deben ser exclusivamente para uso educativo o institucional.
En muchos IES, si la documentación tiene cierto volumen, se entrega una copia al delegado de grupo y se lleva a una copisteria para que los alumnos que lo necesiten hagan las fotocopias.
Re: Reglamentación sobre Fotocopias

Publicado:
14 Nov 2016 21:17
por naelsam
Con referencia a la consulta si no me equivoco, la categoría profesional que tiene la obligación de cobrar y custodiar lo cobrado es la categoría de “expendedor” porque viene en la definición del puesto de trabajo, aunque el termino y el complemento “quebranto de moneda” desapareció al incluirse la cantidad del quebranto en el complemento especifico de la categoría, en la definición de ordenanza no leo por ninguna parte tal cometido, como en los centros educativos no hay expendedores, es al ordenanza al que se le pretenden encomendar tal tarea, por lo expuesto la única posibilidad de que esto ocurra pasa por la VOLUNTARIEDAD del ordenanza de querer tener esa responsabilidad.
También podrían cobrar en secretaria y al ordenanza lo único que entregarían es el recibo de haber abonado la fotocopia, yo no entro en si es legal o no, ético o no, que la administración cobre por las fotocopias, mi opinión es desde el punto de vista del trabajador basándose en el convenio colectivo.