Página 1 de 1

Jubilación Parcial

NotaPublicado: 09 Feb 2017 10:43
por mjed
Buenos días a todos, necisito información sobre la jubilación parcial, está derogada actualmente , se puede solicitar , como influye en la jubilación posterior a efectos económicos. Gracias.

Re: Jubilación Parcial

NotaPublicado: 09 Feb 2017 17:44
por F.J.
La jubilación parcial la puede solicitar cualquier trabajador que cumpla los requisitos oportunos.
Es complicado responder al resto de tus preguntas.

enlace a la seg. social dando respeusta a alguna de tus preguntas
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm

Trato de responder en la medida de mis conocimientos:
Los requisitos de jubilación parcial con contrato de relevo son los siguientes:
Es necesario haber cotizado 33 años a la Seguridad Social (25 años en el caso de una discapacidad).
La edad mínima: la exigencia de este requisito de edad se aplicará de forma gradual, desde el año 2013 al 2027, en función de los períodos cotizados.
El trabajador que quiere jubilarse parcialmente debe tener una antigüedad de 6 años en la empresa (inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial).
La reducción de la jornada alcanza el 50% de la jornada.
Debe existir un 65% de equivalencia entre la base de cotización del empleado parcial y el relevista.
Además de estos requisitos de jubilación parcial con contrato de relevo, debes tener en cuenta que los jubilados parciales tienen la condición de pensionistas “a efectos de la participación en el pago de las prestaciones farmacéuticas, así como de las prestaciones de servicios sociales”.
El modelo de la solicitud se presentará ante la Entidad gestora que corresponda, o el INSS
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/ ... 131642.pdf
Creo conveniente te pongas en contacto con USTEA en tu provincia, para ver tu caso particular.
Saludos

Re: Jubilación Parcial

NotaPublicado: 10 Feb 2017 12:54
por mjed
Gracias por tus aclaraciones.