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Calendario/2017

NotaPublicado: 16 Feb 2017 14:11
por maroto
Hola, alguien me puede informar como ha quedado el calendario laboral (horas a realizar,dias a descontar, etc) para este 2017 en Igualdad y Politicas Sociales de Jaén

Re: Calendario/2017

NotaPublicado: 17 Feb 2017 09:38
por JOSE COLROD
Con fecha 20-12-2016 se reunió la Comisión Permanente del Comité de Empresa de la D.T. de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Jaén. En dicha reunión se hizo entrega de los calendarios laborales de los centros de la D.T. para el año 2017. USTEA no está presente en dicha Comisión, situación que esperamos cambie tras la celebración de las elecciones previstas en esta Delegación. En el momento que dispongamos de los calendarios os los haremos llegar.

Re: Calendario/2017

NotaPublicado: 17 Feb 2017 11:44
por JOSE COLROD
CALENDARIO LABORAL AÑO 2017 PARA EL PERSONAL LABORAL ADSCRITO A LA CONSEJERIA DE IGUALDAD Y POLITICAS SOCIALES SUJETO AL VI CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Con fecha 20 de diciembre de 2012, se procedió a la aprobación de determinados “Criterios” para la elaboración de los calendarios laborales del personal sujeto al VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, que han venido siendo aplicados como consecuencia de la modificación de la jornada de trabajo por normas estatales y autonómicas (Ley 2/2012 de 29 de Junio de Presupuestos Generales del Estado para 2012, Ley 3/2012 de 20 de Septiembre y demás disposiciones e instrucciones de aplicación), que suspendieron determinados derechos otras instrucciones y disposiciones de aplicación), derivadas de la situación económica.

Tras la publicación del Decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre, por el que se regula la jornada de trabajo del personal empleado público de la Junta de Andalucía (BOJA nº 201 de 19.10.2016), a partir del 16 de enero de 2017, dicho personal recupera la jornada ordinaria de treinta y cinco horas semanales de promedio en cómputo anual, cuando así lo tuviere reconocido con anterioridad.

En base a lo anterior, el presente documento tiene por objeto determinar la jornada máxima en cómputo anual para 2017 de horas efectivas de trabajo a realizar por el personal laboral adscrito a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

JORNADA ANUAL DEL PERSONAL LABORAL. AÑO 2017

DIAS NATURALES AÑO 2017: 365

SÁBADOS: 52

DOMINGOS: 53

FESTIVOS+LOCALES (12 + 2 ): 14

TOTAL DIAS LABORABLES 246

VACACIONES: 22

DIAS DE TRABAJO EFECTIVO: 224

JORNADA DIARIA Y ANUAL (219 días a 7 horas y 5 días a 7,5 horas) 1570,5 (1.533+37,5)

DEDUCCIONES ART. 29 VI CONVENIO P.L.J.A. FERIA (4dias: reducción 1 hora) S.SANTA (3 días: reducción 1 hora) NAVIDAD (7 días: 3 días reduc. 1,5 horas y 4 días reducc. 1 hora) -15,5

JORNADA ESTIVAL: 43 x 0,5 horas -21,5

TOTAL HORAS TRABAJO EFECTÍVO: 1533,5

La jornada en cómputo anual (1.533,5 horas), se ha obtenido una vez efectuadas las deducciones previstas en el art. 25 del Convenio Colectivo así como mediante descuento de 14 días festivos. Cuando las fiestas locales coincidan en sábado o domingo se tendrá derecho al disfrute de un día de descanso adicional.

Dentro del crédito horario anual (1.533,5 horas máximas de trabajo efectivo), se disfrutaran los días de permiso por asuntos particulares que correspondan durante el ejercicio, a petición del personal, teniendo en cuenta su antigüedad para el año 2017. Asimismo al coincidir los días 24 y 31 de diciembre en domingo el personal tendrá derecho a dos días más de permiso por asuntos particulares.

La jornada establecida, será negociada en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, con el órgano de representación del personal, respetando siempre el cómputo anual de 1.533,5 horas y 224 días máximos de trabajo efectivo, aplicado de conformidad con la normativa (sobre la base de 7 horas diarias a partir del 16 de enero de 2017)

Los turnos se realizarán de forma que se respete el descanso semanal obligatorio de conformidad con el artículo 29.2 del vigente Convenio Colectivo, correspondiendo a las direcciones de los respectivos centros la fijación del inicio y finalización de los turnos y los casos puntuales en determinados centros en los que por entrega de información o comunicaciones orales deba existir coincidencia entre el turno entrante y saliente. El personal tendrá derecho a disponer del cuadrante que le corresponda debidamente cumplimentado, de conformidad con la normativa de aplicación.

Las vacaciones anuales de todo el personal serán de 22 días hábiles de trabajo efectivo en cuadrante. Quienes tengan reducida su jornada laboral con la consiguiente reducción de retribuciones tendrán derecho a disfrutar del período de vacaciones anuales retribuidas en los mismos términos que el resto del personal.

Conforme al Acuerdo de 21 de junio de 2016, el personal que tenga días adicionales por vacaciones no podrá, en ningún caso, alcanzar el límite establecido en el cómputo horario máximo anual.

Los Centros de trabajo, de conformidad con el artículo 31 del vigente Convenio Colectivo, elaborarán el calendario laboral de todo el personal. Una vez negociado el periodo de vacaciones anuales se unirá como anexo al mismo.

APLICACION EN CENTROS DE PROTECCION DE MENORES

Exclusivamente para estos centros se tendrá en cuenta lo siguiente:

1.- En los cuadrantes del personal que desempeñe puestos de Sicólogo/a, Trabajador/a Social, Diplomado/a Enfermería, Educador/a, Monitor/a de menores, Profesor/a de Prácticas,Especialista de Puericultura o Auxiliar Cuidador/a, se incluirán, dentro de la jornada anual establecida, siempre que se realice en cumplimiento de sus funciones, hasta 178 horas para programación, coordinación y evaluación, elaboración de informes a menores y memorias de actividades, visitas a familias de menores o acompañamiento de éstos y desarrollo de actividades de tutoría escolar. Estas actividades se desarrollarán preferentemente en el centro de trabajo o en aquellos otros espacios autorizados por la Dirección del Centro a propuesta del personal.

2.- El resto de personal con implicación en funciones educativas en los Centros, dispondrán de un total de hasta 40 horas para la asistencia a reuniones de coordinación a las que sean convocados, computándose éstas como de trabajo efectivo.

De lo acordado en la Subcomisión se dará traslado a las Delegaciones Territoriales de esta Consejería para la aplicación en los centros dependientes de las mismas.

Re: Calendario/2017

NotaPublicado: 17 Feb 2017 11:45
por JOSE COLROD
Este es el Calendario que la Administración impuso tras no llegar a un acuerdo con los Sindicatos, por 4 año consecutivo.

Re: Calendario/2017

NotaPublicado: 17 Feb 2017 17:34
por maroto
Gracias por la informacion. Hoy me ha llegado el comentario que en referencia a que cuando las fiestas locales coincidan en sábado o domingo se tendrá derecho al disfrute de un día de descanso adicional, en concreto una de estas fiestas cae en sabado en Linares, por lo tanto se deberia de sumar un dia mas de descanso adicional, pero en el acuerdo al que haces referencia, la Delegación suma ese dia solo a los fijos de mañana y no al resto de personal. Desconozco si esta bien aplicado o no, o debe de ser extensible al resto de personal que está a turnos.
Gracias nuevamente y espero que me aclares esta duda.

Re: Calendario/2017

NotaPublicado: 17 Feb 2017 23:44
por F.J.
La medida sobre recuperación de dias de permiso, fué adoptada en la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta,el 15 de julio de 2016. Y publicada en BOJA
Junto con la restitución de los días de permiso en las mismas condiciones que 2012.
En esa medida se incluyen los de los días 24 y 41 de diciembre si coinciden en sábado.
BOJA que lo recoge en 2005:
http://www.juntadeandalucia.es/educacio ... 0311c2d7db
Y era en relación al Boletín número 86 de 27/07/1996, DECRETO 349/1996, de 16 de julio, por el que se regulan las diversas formas de prestación del tiempo de trabajo del personal funcionario en la Administración de la Junta de Andalucía.
DISPOSICION ADICIONAL Primera. Jornada de los días 24 y 31 de diciembre.
Los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerrados los centros de trabajo, con excepción de los servicios de registro general. Asimismo queda exceptuado de lo establecido en la presente Disposición el sector sanitario.
Saludos