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Reducción de jornada

NotaPublicado: 19 Abr 2017 12:40
por NESS*
Buenos días, me gustaría informarme del tema de la reducción de jornada.
¿Todo el mundo tiene derecho o te lo pueden denegar?
¿Podemos pedirlo en cualquier momento y se resuelve rápido?
¿Cuánto se reduce y cuánto cobras? quiero decir, el 70%, el 75%, el 80%...?
Gracias

Re: Reducción de jornada

NotaPublicado: 20 Abr 2017 13:44
por FLO
NESS* escribió:Buenos días, me gustaría informarme del tema de la reducción de jornada.
¿Todo el mundo tiene derecho o te lo pueden denegar?
¿Podemos pedirlo en cualquier momento y se resuelve rápido?
¿Cuánto se reduce y cuánto cobras? quiero decir, el 70%, el 75%, el 80%...?
Gracias


http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/servicios/normativa/instrucciones/2013/adj-Instruccion_4_2012__.pdf En esta instrucción vienen en el punto 9 vienen todas las casuísticas de reducción de jornada.

Por motivos personales pueden denegártela por necesidad del servicio.
La resolución es rápida.
La reducción dice la instrucción que es proporcional al sueldo. Pero tenemos sentencias ganadas en las que se aplica lo que decía/dice el convenio que mejora la proporcionalidad expresada en esta instrucción. 80% sueldo para reducción de 1/3 de jornada. y 60% para reducción de 1/2 de jornada.

Saludos.

Re: Reducción de jornada

NotaPublicado: 20 Abr 2017 23:15
por NESS*
Gracias Flo. Una pregunta más: ¿ la reducción horaria puede hacerse en un día? es decir, trabajar de lunes a jueves, por ejemplo.

Re: Reducción de jornada

NotaPublicado: 02 May 2017 20:32
por NESS*
NESS* escribió:Gracias Flo. Una pregunta más: ¿ la reducción horaria puede hacerse en un día? es decir, trabajar de lunes a jueves, por ejemplo.

Alquien lo sabe?

Re: Reducción de jornada

NotaPublicado: 05 May 2017 01:34
por Ustea-Cordoba
NESS* escribió:
NESS* escribió:Gracias Flo. Una pregunta más: ¿ la reducción horaria puede hacerse en un día? es decir, trabajar de lunes a jueves, por ejemplo.

Alquien lo sabe?


En comentario anterior, Flo te indica el apartado concreto de la Instrucción 4/2012 en el que vienen desarrollados los diferentes casos de reducción de jornada. Ahora bien, si se trata de conciliación de la vida laboral y familiar, el artículo 34.8 del ET dice:"El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla”. Dicho esto y aunque no es lo habitual, lo normal es la realización de la reducción de jornada diaria, se puede llegar a un pacto entre las partes.

Salvo mejor opinión.

Saludos.

Re: Reducción de jornada

NotaPublicado: 06 May 2017 20:50
por NESS*
Muchas gracias.