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JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 14 Jul 2017 09:52
por FLO
Ayer se acordó en Comisión de Convenio el desbloqueo de las jubilaciones parciales. AL Fin!!!! Se va a eliminar las discriminaciones que venían produciéndose como consecuencia de los criterios denegatorios que venían aplicando.

En prensa:
http://www.malagahoy.es/andalucia/Junta-recupera-sistema-jubilacion-empleados_0_1153984614.html

La Junta recupera el sistema de jubilación parcial para sus empleados

Hacienda flexibiliza los requisitos presupuestarios para el retiro del personal laboral fijo
Los trabajadores podrán acceder a esta figura a los 61 años de edad si cumplen las condiciones
El rector de la Universidad gaditana, Eduardo González, y la consejera de Hacienda, María Jesús Montero, ayer en Cádiz.El rector de la Universidad gaditana, Eduardo González, y la consejera de Hacienda, María Jesús Montero, ayer en Cádiz.
El rector de la Universidad gaditana, Eduardo González, y la consejera de Hacienda, María Jesús Montero, ayer en Cádiz. / JOAQUÍN HERNÁNDEZ / KIKI
ALEJANDRO MARTÍN
Sevilla, 14 Julio, 2017 - 02:33h
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La Junta de Andalucía comienza a trasladar a sus trabajadores los efectos de la recuperación económica. Tras cuatro años de restricciones, el Gobierno regional recuperará el sistema de jubilación parcial para el personal laboral fijo de la administración general, según acordó ayer con los representantes sindicales en la comisión de seguimiento de su convenio colectivo. La medida responde a una demanda histórica de los sindicatos y supone un símbolo del rescate de derechos laborales aparcados con la crisis. Además, permitirá rejuvenecer la plantilla con la llegada de nuevos trabajadores, que deben estar inscritos como demandantes de empleo en las listas del paro para acceder a los contratos de relevo.

La jubilación anticipada debe ser pactada entre el trabajador y la Junta. Esta figura permite al empleado seguir desempañando su puesto de trabajo, aunque con distinta jornada y retribución, y a la vez cobrar una pensión de la Seguridad Social por retiro parcial. La Administración debe cubrir la reducción de jornada del trabajador que se acoja a la jubilación parcial con la incorporación de un nuevo empleado, quien debe figurar como parado en el SAE para poder suscribir un contrato de relevo.

Actualmente existen 814 trabajadores jubilados parcialmente en la administración general, según datos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. Esta modalidad de jubilación solía redundar en un ahorro económico para la Junta al no tener que retribuir algunos complementos salariales como la antigüedad.

En marzo de 2013, el Gobierno central aprobó un decreto en el que endureció las condiciones para acceder a la jubilación anticipada. La norma estableció un aumento gradual de la edad mínima exigida hasta el año 2027, momento en el que será de 65 años si se cuenta con 33 años cotizados, o 63 años si se acredita una cotización de 36 años y seis meses. Según esa escala, en 2017 se requiere una edad mínima de 61 años y cinco meses y haber cotizado al menos 34 años y tres meses. Además, la nueva norma implantó un incremento gradual de la base de cotización del trabajador jubilado parcial, cuya cuota debe ser atendida por su empleador, en este caso la Junta.

A su vez, el Ejecutivo andaluz dio luz verde a mediados de 2012 a un paquete de restricciones presupuestarias que alcanzaron a toda la administración con el objetivo de contener el déficit público. Las jubilaciones anticipadas quedaron prácticamente en suspenso a partir de abril de 2013. La Dirección de Recursos Humanos actualizó los requisitos de acceso y estipuló que la suma del salario del trabajador jubilado anticipadamente y la retribución del empleado que le releva no podría superar el coste laboral del primero si seguía trabajando a tiempo completo.

El doble efecto del incremento de las cotizaciones sociales a pagar por la Junta y la aplicación de los recortes para reducir el déficit se tradujo en la imposibilidad de conceder jubilaciones parciales, porque suponían a largo plazo un incremento del gasto público.

La restricción se flexibiliza ahora al contar la Administración con mayor margen presupuestario. Aunque sigue vigente el compromiso de no incrementar el gasto de personal previsto, el acuerdo de ayer contempla que es posible afrontar el sobrecoste de la jubilación anticipada "siempre y cuando el órgano competente asuma que puede hacer frente a los mismos sin superar los límites de los importes presupuestados para su capítulo I".

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 16 Jul 2017 18:24
por NESS*
Muy buena noticia! :D

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 17 Jul 2017 12:34
por victoriatentor
hola a todos. Si es una buena noticia. Me gustaria saber a que edad me puedoprejubilar con 36 añosy 6 meses cotizados
.Y en que consiste la jubilacion parcial. Gracias

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 18 Jul 2017 10:25
por FLO
victoriatentor escribió:hola a todos. Si es una buena noticia. Me gustaria saber a que edad me puedoprejubilar con 36 añosy 6 meses cotizados
.Y en que consiste la jubilacion parcial. Gracias



Trabajas la mitad de la jornada y la otra mitad estás jubilada. Ya depende como se negocie el reparto de la jornada, puede ser media jornada o acumularla en periodos de 6 meses, etc..
Consiste en que 6 meses trabajas y otros 6 meses estás jubilada tiempo durante el cual te sustituye un trabajador cogido del SAE.

Jubilación parcial con contrato de relevo:

Siempre que con carácter simultáneo se celebre un contrato de relevo en los términos previstos en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores (ET), los trabajadores a tiempo completo podrán acceder a la jubilación parcial cuando reunan los siguientes requisitos:

Deberán estar contratados a jornada completa. Se asimilan los contratados a tiempo parcial cuyas jornadas, en conjunto, equivalgan en días teóricos a los de un trabajador a tiempo completo comparable, siempre que se reúnan en los distintos empleos los requisitos de antigüedad, reducción de jornada y contratación del relevista.
Que se celebre simultáneamente un contrato de relevo.
Edad mínima (sin aplicación de las reducciones de edad de jubilación):

Si tienen la condición de "mutualistas", 60 años de edad real.
Si no tienen la condición de mutualistas, la exigencia de este requisito de edad se aplicará de forma gradual, desde el año 2013 al 2027, en función de los períodos cotizados:


cuadro jubilacion parcial-copy-1-001.jpg

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 18 Jul 2017 14:17
por jandres
Buenas tardes, ¿de nuevo nos vuelven a vender humo? lo unico que se deduce de esta noticia es que se acaba ( que eso ya se vera si es asi) con la discriminacion de que tu SI te puedes acoger a la jubilacion parcial y tu NO puedes porque le supones un gasto a la Junta de Andalucia, en fin la historia de siempre. Porque eso de jubilarse parcialmente todo el que lo desee a los 61 años no es cierto, ya que el requisito de edad se aplicará de forma gradual, desde el año 2013 al 2027, en función de los períodos cotizados como nos indica la tabla que nos ha colgado el compañero FLO. Por favor si esto no es asi que me corriga algun compañero que este mejor informado que yo, gracias de antemano. Siguiendo en la misma linea me preocupa cuando en el ultimo parrafo de la noticia dice textualmente y entrecomillado lo siguiente: aunque sigue vigente el compromiso de no incrementar el gasto de personal previsto, el acuerdo de ayer contempla que es posible afrontar el sobrecoste de la jubilación anticipada "siempre y cuando el órgano competente asuma que puede hacer frente a los mismos sin superar los límites de los importes presupuestados para su capítulo I.

PD: discupad que no acentue pero es que el teclado no me lo premite.
Un saludo.

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 18 Jul 2017 18:52
por F.J.
En esta modalidad, de jubilación parcial, el trabajador reduce su jornada y empieza a cobrar la parte proporcional de la pensión. Se debe contratar a un trabajador que le releve durante la reducción de la jornada.
Actualmente está vigente un aumento progresivo de la edad y los años cotizados exigidos para su acceso. En 2017 la edad mínima son 61 años y 10 meses con un mínimo de 33 años cotizados
A partir de 2027 la edad mínima serán 63 años o 65 si no se han cotizado más de 33 años.
La reducción de la jornada está en el 50% en la administración de la JJ.AA. A diferencia de la jubilación anticipada, que sí está penalizada con un recorte de la cuantía de la pensión, en la jubilación parcial se cobra el 100% de la pensión cuando uno se jubila del todo.

Re: JUBILACIÓN PARCIAL PARA TOD@S!! CONSEGUIDO!!

NotaPublicado: 18 Jul 2017 20:12
por NESS*
Pues según el cuadro de Flo, es muy buena noticia para los que se pueden acoger AHORA a esta jubilación, pero no es tan buena para los que llegaremos en un futuro ya que a partir del 2027 habrá que tener 63'5 - 65 años :evil: No es lo mismo 61 años que 65.

Animo a todos los que se puedan acoger a la jubilación anticipada este año. Conozco un caso de un compañero con 61 años que acaba de empezar con esta prejubilación y está genial: trabaja un mes sí y otro no. ¡Calidad de vida!