Página 1 de 1

JUBILACIÓN PARCIAL

NotaPublicado: 28 Sep 2017 20:46
por Karissa
Desde USTEA hemos detectado que el Acuerdo de 13 de julio de Comisión de Convenio por el que se modifican los criterios de aplicación a las solicitudes de Jubilación parcial no viene aplicándose, de manera que se están denegando por la aplicación de criterios anteriores al Acuerdo, incluso desde las unidades de gestión en las Delegaciones Territoriales se avisa al personal interesado que no soliciten las jubilaciones parciales ya que se les van a denegar, aludiendo desconocer tal Acuerdo y menos aún tener las instrucciones precisas para aplicarlo.

En vista de esta situación de incertidumbre, y de haberlo comunicado en Función Pública con antelación y no solucionarse el problema, hacemos la petición directamente a la Directora General para que aclare y resuelva esta incidencia que está afectando a un buen número de trabajadoras y trabajadores.


Escrito a D.G. Función Pública sobre inaplicación del Acuerdo sobre Jubilación Parcial:
http://asp-laborales.ustea.org/node/2978

Re: JUBILACIÓN PARCIAL

NotaPublicado: 18 Oct 2017 14:28
por Karissa
Según informa Función Pública:

"Ha remitido instrucciones a los órganos gestores para que se aplique de inmediato el acuerdo de jubilación parcial"

Re: JUBILACIÓN PARCIAL

NotaPublicado: 18 Oct 2017 17:48
por FLO
Jo... qué trabajito cuesta tó!!!!

Re: JUBILACIÓN PARCIAL

NotaPublicado: 23 Oct 2017 10:46
por GMA
hola yo tambien tengo una una pregunta cuando te jubilas parcialmente, el que te sustituye tiene que llegar a acuerdo con el jubilado en cuanto a horario o meses seguidos que se realizaran o solo lo decide el que se juvila como hacer su reduccion gracias?

Re: JUBILACIÓN PARCIAL

NotaPublicado: 24 Oct 2017 22:40
por FLO
GMA escribió:hola yo tambien tengo una una pregunta cuando te jubilas parcialmente, el que te sustituye tiene que llegar a acuerdo con el jubilado en cuanto a horario o meses seguidos que se realizaran o solo lo decide el que se juvila como hacer su reduccion gracias?

:P
Debe ser un acuerdo con la empresa, tanto del jubilado parcial como del sustituto. Saludos.