por quejío » 03 Nov 2019 23:31
El Acuerdo de 17 de julio de 2018, en su apartado séptimo (Incapacidad Temporal) expresa:
"por cualquier causa de enfermedad o accidente que de lugar a la situación de incapacidad temporal, así como en todos los días de ausencia por enfermedad o accidente que no den lugar a dicha incapacidad temporal, la totalidad del personal que presta servicios en el sector público andaluz recibirá un complemento retributivo, desde el primer día de incapacidad o ausencia"
"...sin perjuicio de la necesaria justificación de todas las ausencias y por cualquier causa."