excedencia voluntaria por interés particular

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excedencia voluntaria por interés particular

Notapor laboral temporal » 10 Dic 2020 00:00

Estimados compañeros:
Tengo algunas dudas sobre el permiso de excedencia voluntaria por interés particular, En primer lugar, estoy trabajando en la junta ahora, pero me ha surgido un puesto de trabajo que me interesa más.
Tengo una antiguedad reconocida en mi hoja de acreditación de datos de casi 15 años al frente de la administración.
Y quisiera saber si ahora me voy de la junta, renuncio a la plaza en donde estoy y luego saco las plazas de estabilización, puedo solicitar excedencia voluntaria por interés particular? O no puedo porque renuncie en la plaza que estaba para irme al otro supuesto puesto de trabajo que no es de la administración o me contara la antiguedad en la administración y podre pedirla sin ningún problema. Espero respuestas. Compañeros!! Buenas noches y que descanséis.
laboral temporal
 
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Re: excedencia voluntaria por interés particular

Notapor FLO » 10 Dic 2020 13:58

laboral temporal escribió:Estimados compañeros:
Tengo algunas dudas sobre el permiso de excedencia voluntaria por interés particular, En primer lugar, estoy trabajando en la junta ahora, pero me ha surgido un puesto de trabajo que me interesa más.
Tengo una antiguedad reconocida en mi hoja de acreditación de datos de casi 15 años al frente de la administración.
Y quisiera saber si ahora me voy de la junta, renuncio a la plaza en donde estoy y luego saco las plazas de estabilización, puedo solicitar excedencia voluntaria por interés particular? O no puedo porque renuncie en la plaza que estaba para irme al otro supuesto puesto de trabajo que no es de la administración o me contara la antiguedad en la administración y podre pedirla sin ningún problema. Espero respuestas. Compañeros!! Buenas noches y que descanséis.


El renunciar a tu plaza ahora no tiene consecuencias a la situación contractual una vez accedas a fijo. Lo del año necesario para pedir la excedencia voluntaria, creo que leyendo bien el texto: . La excedencia voluntaria podrá solicitarse por el personal fijo con un año al menos de
antigüedad con tal carácter al servicio de la Administración autonómica.

Entiendo que se requiere un año con carácter fijo en la junta para poder pedirla.
Tal requerimiento está exento en el caso de excedencia por incompatibilidad (art. 40 VI convenio colectivo)
sALUDOS.
FLO
 
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Re: excedencia voluntaria por interés particular

Notapor laboral temporal » 10 Dic 2020 14:35

Gracias por contestar FLO, tenia dudas y ya me lo has aclarado. Gracias de nuevo.
laboral temporal
 
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