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¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 06 Abr 2021 13:21
por oficial cocina 1ª
HOLA. HE TENIDO QUE CAMBIAR DOS DÍAS DE DESCANSO A UN TRABAJADOR PARA UNA AUSENCIA DE UN COMPAÑERO. ESTA COMUNICACIÓN LA HE ECHO CON VARIOS DÍAS DE ANTELACIÓN AL CAMBIO EN SÍ. ME RECLAMA QUE LOS DÍAS SE LOS TENGO QUE DEVOLVER DOBLES, YO SE QUE EN CONVENIO SE DEVUELVEN DOBLES LAS HORAS EXTRAS EN DÍA LABORAL Y TRIPLES EN FESTIVOS Y QUE CUANDO LA COMUNICACIÓN ES EN MENOS DE LAS 24 HORAS ANTERIORES ASÍ LO HAGO.
PERO... ¿AL COMUNICARLE LA INCIDENCIA CON MÁS DE 24 HORAS SE CONSIDERARÍA SOLO CAMBIO DE DESCANSOS O TENDRÍA QUE DEVOLVERLOS DOBLES?

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 23 Abr 2021 13:26
por maroto
Hola, despues de 17 dias que hiciste la pregunta, no te ilusiones no la encontraras, no te contestaran,......es mas el pasado 10/02/2021, en comision de convenion se lleva como un punto del orden del dia, conflicto colectivo en la provincia de sevilla referente a este tema, es decir que a la gente se les obliga a ir a trabajar en su dia de descanso y la administracion interpreta que en funcion del tiempo que transcurre entre que comunica el cambio de descanso es h. extras o no, ...a fecha de hoy aun no hay respuesta al respecto ni se le espera, bochornoso que la parte sindical calle al respecto...no esperes que te responda!!!!!

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 23 Abr 2021 13:58
por GII
Solo les interesa,de vez en cuando, salir en la foto con la bandera delante de la Consejeria de turno

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 28 Abr 2021 09:10
por FLO
oficial cocina 1ª escribió:HOLA. HE TENIDO QUE CAMBIAR DOS DÍAS DE DESCANSO A UN TRABAJADOR PARA UNA AUSENCIA DE UN COMPAÑERO. ESTA COMUNICACIÓN LA HE ECHO CON VARIOS DÍAS DE ANTELACIÓN AL CAMBIO EN SÍ. ME RECLAMA QUE LOS DÍAS SE LOS TENGO QUE DEVOLVER DOBLES, YO SE QUE EN CONVENIO SE DEVUELVEN DOBLES LAS HORAS EXTRAS EN DÍA LABORAL Y TRIPLES EN FESTIVOS Y QUE CUANDO LA COMUNICACIÓN ES EN MENOS DE LAS 24 HORAS ANTERIORES ASÍ LO HAGO.
PERO... ¿AL COMUNICARLE LA INCIDENCIA CON MÁS DE 24 HORAS SE CONSIDERARÍA SOLO CAMBIO DE DESCANSOS O TENDRÍA QUE DEVOLVERLOS DOBLES?


Si es un cambio de turno no tienes que devolver nada doble. Doble (o triple) sería cuando te piden que vayas a trabajar en tu descanso. Ah, y son voluntarios, si no quieres no vas. Saludos.

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 28 Abr 2021 12:41
por oficial cocina 1ª
MUCHAS GRACIAS, PERO ME SORPRENDE QUE LA DEVOLUCIÓN DE DESCANSOS DOBLES O TRIPLES SE HAYA ESTADO HACIENDO LOS ÚLTIMOS AÑOS SOLO SI SE AVISABA CON MENOS DE 24 HORAS Y LOS TRABAJADORES LO ACEPTARAN.

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 29 Abr 2021 18:33
por maroto
FLO escribió:
oficial cocina 1ª escribió:HOLA. HE TENIDO QUE CAMBIAR DOS DÍAS DE DESCANSO A UN TRABAJADOR PARA UNA AUSENCIA DE UN COMPAÑERO. ESTA COMUNICACIÓN LA HE ECHO CON VARIOS DÍAS DE ANTELACIÓN AL CAMBIO EN SÍ. ME RECLAMA QUE LOS DÍAS SE LOS TENGO QUE DEVOLVER DOBLES, YO SE QUE EN CONVENIO SE DEVUELVEN DOBLES LAS HORAS EXTRAS EN DÍA LABORAL Y TRIPLES EN FESTIVOS Y QUE CUANDO LA COMUNICACIÓN ES EN MENOS DE LAS 24 HORAS ANTERIORES ASÍ LO HAGO.
PERO... ¿AL COMUNICARLE LA INCIDENCIA CON MÁS DE 24 HORAS SE CONSIDERARÍA SOLO CAMBIO DE DESCANSOS O TENDRÍA QUE DEVOLVERLOS DOBLES?


Si es un cambio de turno no tienes que devolver nada doble. Doble (o triple) sería cuando te piden que vayas a trabajar en tu
descanso. Ah, y son voluntarios, si no quieres no vas. Saludos.


Hola Flo, con todos los respetos a tu respuesta pero leyendo el convenio nos encontramos con este articulo,
Articulo 20. 4.1.5
"En ningún caso se podrá modificar el orden de los turnos a realizar por el personal, salvo causa de fuerza mayor, que será comunicada a los representantes del personal o permuta con otro trabajador, siendo necesario en este último caso la previa autorización de la persona responsable del centro de trabajo"....por lo tanto a tenor lo de lo indicado en el mismo, los cambios de turno NO SE PUEDEN REALIZAR POR PARTE DE LA DIRECCION, JEFE DEPARTAMENTO, ETC, salvo causa de fuerza mayor, entendiendo como cambio de turno , salvo mejor opinion, de mañana a tarde, tarde a mañan, etc, ( si está autorizado las permutas entre los trabajadores, siempre que sean ellos los que lo soliciten y esté autorizado por el responsable del Centro), todo lo que no sea eso, se debe de entender como un cambio de dias de descanso y eso es a lo que el compañero se refiere, a que ha tenido que cambiar dos dias como consecuencia de una ausencia de otro compañero,.... es por lo que se ha visto obligado a cambiar dichos dias, no siendo voluntaria la aceptacion dl trabajador afectado, por lo tanto no le ha quedado mas obligacion que acatar esa orden y segun establece el convenio, las ausencias imprevista, se consideran horas extras y de libre aceptacion.
Es mas, el compañero comenta que se lo ha tenido que comunicar con varios dias de antelacion, :shock: :shock: :shock: , pues mas motivo para negarse al cambio ya que la direccion ha tenido tiempo para solucionar el problema, ya que estoy seguro que es ausencia se sabia con muchisimos mas dias de antelacion y no se cubrio por los medios adecuados.
Espero que en la proxima Comision sigais el hilo del conflicto colectivo que se presentó y que la Admon. se co
mprometió a solicitar informacion y comunicar el resultado de la misma a la parte social y asi evitar el conflicto colectivo.
Un saludo

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 30 Abr 2021 10:44
por FLO
Hola Maroto. Yo lo que digo es que en cambios de turnos no hay que devolver nada. Entiendo que la pregunta era entre cambios de turnos entre compañeros, no de la dirección.


Luego lo he vuelto a releer y ya tengo la duda si oficial cocina 1ª es el que ha actuado como administración haciendo los cambios o es el que ha cambiado el turno como trabajador.

A ver si lo aclaramos!! Gracias Maroto. Saludos.

Re: ¿CAMBIO DE DESCANSOS O HORAS EXTRAS?

NotaPublicado: 30 Abr 2021 13:43
por maroto
FLO escribió:Hola Maroto. Yo lo que digo es que en cambios de turnos no hay que devolver nada. Entiendo que la pregunta era entre cambios de turnos entre compañeros, no de la dirección.


Luego lo he vuelto a releer y ya tengo la duda si oficial cocina 1ª es el que ha actuado como administración haciendo los cambios o es el que ha cambiado el turno como trabajador.

A ver si lo aclaramos!! Gracias Maroto. Saludos.

Efectivamente Flo asi es,... no es entre compañeros, al menos asi lo he entendido yo, ya que eso seria una permuta y si es legal. de ahí mi insistencia en que se aclare lo del conflicto colectivo presentado sobre este tema
Saludo reciproco