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Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 10:18
por Viki
Hola!
Quisiera que alguien me pudiera ayudar.
Somos 3 en la plantilla de limpiadores, 1 lleva 26 años de jornada de mañana, el 2 lleva 6 años de jornada de mañana y el 3 limpiador lleva 4 años de turno de tarde sabiendo desde el primer día que ese sería su turno. Desde hace un tiempo esta persona quiere que rotemos.
La pregunta es si el centro nos puede h obligar a rotar.
En mi caso, tengo una compatibilidad y la otra compañera cuida a su madre que tiene 85años.
En mi centro siempre ha estado de tarde la última que se incorpora a la plantilla.
Nos puede el centro cambiar los turnos???
Gracias
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 11:13
por lucky
Buenas, los que hacen sólo tarde tienen un plus y en caso de rotar tendrán un plus de turnicidad, si no se cobra no tienes que rotar y en el caso de que te obliguen que lo pongan por escrito. Un saludo.
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 12:00
por Viki
Muchísimas gracias lucky!
Pero, obligar, nos pueden obligar??
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 12:58
por GII
Si en la RPT viene especificado hay 2 turnos de mañana y uno de tarde, no lo puede cambiar nadie del centro,eso tendría que solicitarse a función pública que cambie RPT para que las plazas sean a turnos y explicando el porque se solicitan,es muy difícil que acepte ya que esto se suele hacer en puestos muy concretos:centros que abren festivos,o centros que tienen que ser atendidos 24h como los centros de menores.Si las plazas de por la mañana vienen en RPT que son de mañana y la de tarde viene que es de tarde no os pueden obligar,otra cosa que el de por la tarde su plaza no esté especificada de tarde y se puede negar a hacer la tarde si no le dan el complemento de tarde
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 13:02
por cazorla
Tampoco dice en ningún sitio, que el último que llega a un centro tenga que hacer lo que los demás no quieran
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
03 May 2022 13:07
por Jfpv
cazorla escribió:Tampoco dice en ningún sitio, que el último que llega a un centro tenga que hacer lo que los demás no quieran
El pan nuestro de cada día para los compañeros que entran nuevos.
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
05 May 2022 12:40
por JCVC
No sería la primera vez que el que entra nuevo tenga turno de mañana y alguno de los "antiguos" le esté pisando el horario.
Como dicen los compañeros, depende de la RPT.
Los antiguos no tienen ningún privilegio en turnos y horarios, ya reciben mas sueldo en los complementos y mas permisos y vacaciones dependiendo de la antiguedad en la categoría.
Los turnos de mañana o tarde únicamente depende de la RPT y nadie puede saltarse el convenio colectivo, nadie.
Nunca me ha gustado ni me parece correcto el "siempre se ha hecho así, desde que yo entré a trabajar aquí"
El Convenio, compañeros, es para lo bueno y para lo malo.
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
05 May 2022 13:19
por FLO
Viki escribió:Hola!
Quisiera que alguien me pudiera ayudar.
Somos 3 en la plantilla de limpiadores, 1 lleva 26 años de jornada de mañana, el 2 lleva 6 años de jornada de mañana y el 3 limpiador lleva 4 años de turno de tarde sabiendo desde el primer día que ese sería su turno. Desde hace un tiempo esta persona quiere que rotemos.
La pregunta es si el centro nos puede h obligar a rotar.
En mi caso, tengo una compatibilidad y la otra compañera cuida a su madre que tiene 85años.
En mi centro siempre ha estado de tarde la última que se incorpora a la plantilla.
Nos puede el centro cambiar los turnos???
Gracias
art. 26. 4.1. Jornada a turnos.
4.1.1. En aquellos centros de trabajo en que por la naturaleza del servi-
cio prestado cabe una organización del trabajo en equipo según la cual
el personal desempeña sucesivamente las mismas funciones o tareas,
según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, habrá de implantarse la
jornada a turnos, dando lugar al establecimiento de la rotación por par-
te de todo el grupo laboral afectado.Yo entiendo que lo legal es que todo el personal rote, en aplicación el artículo 26.4 del VI CONVENIO. Después están los acuerdos internos que muchas veces se llegan por conveniencia de las partes...
La discrecionalidad de las direcciones se ha venido haciendo según sus propios intereses o criterios. Deben solicitarlo la Delegación para su implantación a Función Pública. Para su implantación hay que hacer un procedimiento reglamentado: Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de laAdministración de la Junta de Andalucía, de 2 de noviembre de 2016, por el que se modifica el
apartado 5 del artículo 26 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración dela Junta de Andalucía (BOJA de 02/12/2016).
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/232/BOJA16-232-00002-21218-01_00103477.pdfSaludos.
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
06 May 2022 10:57
por JCVC
Buenos días
Para hacer la jornada a turnos, debe ser pagado el complemento de jornada a turnos a todos los trabajadores afectados.
Si no se cobra dicho complemento, la jornada será de mañana o de tarde según señale el código del puesto de cada uno de los trabajadores en la RPT.
Re: Para flo o cualquier compañero/a que me pueda ayudar.

Publicado:
06 May 2022 11:33
por Viki
Muchísimas por vuestra ayuda!!!
Un abrazo