Traslados kinder sorpresa

En la relación de puestos de trabajo convocados en el anexo IV, en la columna de la derecha titulada "Otras Características", a veces, figura si el puesto de trabajo es con jornada "turnos, festivos, tarde o nocturna", entendiéndose que si no pone nada, es por ser jornada de mañana sin festivos.
¿Pero que ocurre si pides y te adjudican, un puesto de trabajo que en la relación no consta que tenga ninguna de las características citadas?.Cuando te incorporas, se abre el "huevo sorpresa" y te salen con cuentos de turnos, festivos, tardes o noches que no estaba indicado en ninguna parte, algo que hubiese condicionado tu petición de puestos de trabajo.
¿Hasta que punto vendría obligada la Junta a cumplir con lo que figura en la relación de puestos ofertados? ¿A las malas habría que acudir al juzgado de lo social?
¿Pero que ocurre si pides y te adjudican, un puesto de trabajo que en la relación no consta que tenga ninguna de las características citadas?.Cuando te incorporas, se abre el "huevo sorpresa" y te salen con cuentos de turnos, festivos, tardes o noches que no estaba indicado en ninguna parte, algo que hubiese condicionado tu petición de puestos de trabajo.
¿Hasta que punto vendría obligada la Junta a cumplir con lo que figura en la relación de puestos ofertados? ¿A las malas habría que acudir al juzgado de lo social?