arehaye escribió:Hola que tal a ver quien me puede informar, cuando te piden algo (la directiva) que no está en nuestras funciones como ponerte en la puerta de entrada haga frio o calor vigilando a los alumnos, ir a buscar a alumnos (esto no es atencion al alumno), traslado de muebles de dependencia a otra dependencia, retirar papeleras de reciclaje de papel (segun la secretaria es porteo) al contenedor, etc, etc, porque si no no paro....... que tengo que hacer? le digo que me lo de por escrito si quiere que lo aga? que pasa si no me da el escrito? que pasa si no lo ago?
Perdona pero de todo lo que has dicho entiendo que es función del ordenanza excepto tirar las papeleras al contenedor que sería del personal de limpieza.
ORDENANZA:
Es el trabajador cuyas funciones consisten en la ejecución de recados oficiales dentro o fuera
del centro de trabajo, la vigilancia de puertas y accesos a la dependencia donde esté destinado,
controlando las entradas y salidas de las personas ajenas al servicio; el recibir peticiones de éstas
relacionadas con el mismo e indicarles la unidad u oficina donde deban dirigirse; realizar el porteo;
dentro de la dependencia, del material, mobiliario y enseres que fueren necesarios, franquear,
depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia; hacerse cargo de las entregas y avisos,
trasladándoles puntualmente a sus destinatarios, cuidar del orden, custodiar las llaves, encargarse
de la apertura y cierre puntual de las puertas de acceso a la dependencia; prestar, en su caso,
servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, bibliotecas, almacenes,
ascensores, etc., atención al alumnado en los centros docentes, cuando estuviese destinado en
ellos; atender y recoger llamadas telefónicas o de radio que no le ocupen permanentemente;
realizar copias y manejar máquinas sencillas de oficina ocasionalmente cuando se le encargue; en
los centros asistenciales, ayudarán a aquellos beneficiarios que lo precisen, al traslado de sus
equipajes.
Saludos.