gemis escribió:Buenas tardes Flo o quién me pueda ayudar, si una persona cesó el 31 de agosto y ha estado 20 días en el paro y se ha incorporado a un nuevo centro, los días de asuntos propios de su anterior destino los sigue teniendo? O ya los pierdes por haber estado en el paro unos días. Gracias
Pues, gemis, perdona que me adelante a la respuesta de Flo. El caso es que está bien claro que si has cesado deberían haberte avisado con la suficiente antelación para disfrutar de la parte proporcionar de asuntos propios y vacaciones, porque ya no puedes cogerlo. Otra cosa es, en otras situaciones, siendo fijo, cuando te mueves, dentro de la misma Consejería, en una promoción, traslado o permuta. En ese caso ya te digo que yo si mi lo llevé de un trabajo a otro, con el visto bueno de los Directores de ambos centros.