por FLO » 20 Jul 2010 18:24
Las bases son claras. Deben llevar un año como fijo en el puesto desde el que pretenden promocionar. También asegúrate que eso es así, puede estar en las listas y haber realizado el curso de homologación la vez anterior con lo cual ahora no tendría que hacerlo. Si estás seguro que promocionó, entiendo que ahora debería estar entre los excluídos.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. boja nº 50 12-03-2008.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculados a la Administración de la Junta de Andalucía por una relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinúo, incluida en el ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Poseer los requisitos exigidos por el artículo 13 del vigente Convenio Colectivo, los exigidos por la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio de la Junta de Andalucía en razón de la categoría y Grupo profesional a que se aspira promocionar y las titulaciones propias de la categoría profesional a la que se promociona, en su caso, de conformidad con el Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 5 de abril de 2005 por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional (BOJA núm. 110, de 8 de junio de 2005), teniendo en cuenta el apartado 1 de la Cláusula Quinta de dicho Acuerdo, la cual es de aplicación a la presente convocatoria, conforme el Acuerdo de la Comisión de 28 de noviembre de 2007.
d) Ostentar una categoría profesional perteneciente a Grupo profesional inferior o igual a aquél al que pertenezca la categoría profesional a la se aspira, si bien, en ningún caso, se podrá aspirar a la misma categoría profesional a la que se pertenezca.
e) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la misma.
f) Los participantes con discapacidad igual o superior al 33% que opten a plazas reservada al cupo de discapacitados, deberán aportar, en el momento y términos establecidos en el apartado siguiente, certificado actualizado de los órganos competentes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social que acredite tal condición, que especifique el grado de minusvalía que padecen y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las categorías que se convocan.
g) No encontrarse en ninguna de las modalidades de excedencia reguladas en Capítulo X del vigente Convenio Colectivo. Sí podrán participar quienes se encuentren en la situación de excedencia por cuidado de familiares regulada en el artícu-