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para rafa

Publicado:
13 Dic 2010 19:14
por calatravo
rafa,es cierto que existan personas con 90,80,70,...puntos?.¿porque la nota de corte es mas baja en los ordenanzas sin minusvalia?.,17 y 21.350 que para los minusvalidos.las personas que no superen esa nota,tienen que presentar documentacion?.en el separador ,en el lado derecho,arriba pone R.P.T.,me puedes decir que hay que poner.por ultimo,te comento que me es imposible ir a presentar la documentacion,pero me han dicho en el trelefono de informacion de la junta de andalucia,que no es necesario que vaya,porque en mi comunidad-C-LM- hay organos que recogen , tramitan,y entregan la documentacion en su destino.¿eso es cierto?.perdona por mi extension.un saludo.gracias
Re: para rafa

Publicado:
13 Dic 2010 20:52
por Rafa Rivero
Calatravo en el documento separador no pone RPT, sino RDT, significa Referencia de Documento Telemático y hace referencia a los que presentaron la solicitud por via telemática.
Con respecto a lo de las puntuaciones, ya lo he comentado no son datos objetivos sino lo que cada cual se baremó sin tener que demostrar nada. Por tanto que alguien haya dicho que tiene los máximos en todos los aprtados del baremo pues vale, ahora vendrá "Juan Rebajas" cuando se tenga que demostrar lo que se baremó cada uno. Yo no me creo que tengtan 90 puntos pues ello implica, ademásde klos máximos en todos los aprtados , en uno de ellos el de titulaciones 4 titulaciones oficiales relacionadas con la categoría a la que se opta de nivel igual o superior a la exigida y además una quinta titulación, la exigida.
Lass personas que no superen la puntuación de corte que aparece en el BOJA no tienen que presentar documentación, distinto es el caso de los excluidos que no aparecen con ninguna puntuación y que si su autobaremo está dentro de los cortes deben presentar documentación, además de reclamar por si se subsana la causa de exclusión con la reclamación.
Con respecto a lo de entregar la documentación los registro de cualquier adminstración pueden recoger lad documentación incluso en la oficina de correos se puede hacer (Ley 30/92), pero el problema puede venir con las compulsas, que la Junta de Andalucía de validez a lo compulsado por un organismo que no es el que va a valorar esos documentos.
Re: para rafa

Publicado:
13 Dic 2010 22:11
por juanb
Hola Calatravo, en cualquier oficina de SEPECAM te hacen el trámite, yo lo hice así en el grupo III, tanto la solicitud hace ya dos años como la entrega de méritos, además lo bueno es que así por procedimiento administrativo en la oficina emisora, es decir en SEPECAM, se quedan una copia de lo enviado, por lo que si se extraviara o cualquier otra historia siempre quedaría ahí reflejado todo tu dossier... saludos de un paisano, tb calatravo.