Vacaciones anuales

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

Vacaciones anuales

Notapor carso » 24 Mar 2011 22:07

Hola, consultaros lo siguiente:

Trabajo en un I.E.S. y según el Director, el centro se cierra en el mes de Agosto.
1º ¿Se puede cerrar un Centro de Enseñanza durante el mes de Agosto? Si se necesitaran documentos adminitrativos (certificados, traslados, recogida de titulos, etc.), de este Centro, ¿Donde los expiden?
2º Creo que nuestro periodo vacacional es desde el 15 de Junio al 15 Septiembre.
3º ¿Pueden obligarnos a coger las vacaciones en el mes de cierre?
carso
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor ignacio valles » 24 Mar 2011 22:49

El Convenio colectivo redacta en el Atc. 35 punto i lo siguiente:
En aquellos centros de trabajo que, por la naturaleza o especialidad del servicio que
prestan, cierran sus instalaciones o cesan en su actividad en períodos determinados, el
personal tomará las vacaciones durante dichos períodos de cierre o inactividad y podrá
disfrutar de más de un mes de vacaciones coincidiendo con tales períodos de
inactividad y siempre que se cumplan los requisitos siguientes:
- Que se respete la jornada según el cómputo establecido en el apartado 1 del
artículo 25.
- Que la jornada resultante de la adaptación de la jornada anual a los días efectivos
de trabajo no supere, en ningún caso las nueve horas diarias.
- Que, en todo caso, dicho personal disfrute de un mínimo de 36 horas semanales
ininterrumpidas de descanso.
- Que queden atendidos los servicios de mantenimiento, conservación, reparación y
similares.


Creo que queda atendida tu pregunta
ignacio valles
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor carso » 25 Mar 2011 01:09

Gracias Ignacio por contestarme a la consulta, pero no entiendo que esté contestada la consulta. El convenio en muchos parrafos deja que pueda haber muchas interpretaciónes.
Ya que, cuando dice "por la naturaleza o especialidad del servicio", cualquier director puede entender que como no hay alumnos que reciban clase, el centro se cierra. Pero en un centro se hacen mas cosas que impartir clases.
Llego a entender que "por la naturaleza o especialidad del servicio", una residencia de tiempo libre, que su "mayor" actividad es durante el verano, puedan y digo puedan, porque no sé como lo hacen, tener sus vacaciones en otros meses del año; pero en un centro existen tareas tanto administrativas, como de organización de espacios, durante todo el año.
Un saludo y de nuevo muchas gracias.
carso
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor M.J. » 25 Mar 2011 08:55

Todos los centros educativos, docentes o no docentes (Colegios, Institutos, Escuelas Infantiles), pertenecientes a la Junta de Andalucía, cierran en el mes de Agosto por vacaciones; luego, en algunos de estos centros (Colegios, Escuelas Infantiles), cierran casi todo o todo el mes de Julio, porque así lo tienen estipulado según los Acuerdos establecidos desde hace muchos años.
La persona que necesite alguna documentación, ya sea para entregar, consultar, retirar, ....., debe dirigirse a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación correspondiente, o bien, a la misma Consejería de Educación, o bien, al Registro General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
M.J.
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor carso » 25 Mar 2011 20:40

Gracias por contestar M.J., llevo 24 años trabajando en el mismo I.E.S., nunca se ha cerrado el centro durante el mes de agosto. En cuanto a lo que comentas de "acuerdos establecidos desde hace muchos años", ¿me podrias indicar donde puedo obtener estos acuerdos?
¿y si así fuera? Supongo que si nos obligan a coger las vacaciones durante el mes de agosto tendremos una compensación de más días según lo establecido en el Convenio.
Un saludo.
carso
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor M.J. » 26 Mar 2011 12:58

En los IES no hay acuerdos firmados, tan sólo acuerdos verbales en los que en el mes de Julio se turnan los Ordenanzas, las Limpiadoras y los Auxiliares Administrativos, ya que por ser un mes de poca actividad, cogían y unos se iban unos días a primeros de julio, otros a mediados de julio y otros al final (en muchos centros es así, en otros no cogen nada); y luego tienen el mes de Agosto de vacaciones, todo el personal, porque se cierra el centro.

Los que tienen acuerdos horarios son los funcionarios docentes, o sea, los profesores, en donde pueden dejar de ir en Julio por falta de clases, salvo los que pertenecen al Equipo Directivo (que también se turnan), que son los que llevan la responsabilidad y el control de todo el centro; no obstante, deben de estar pendientes por si surge una reunión urgente en Julio, desde la Delegación Provincial de Educación, en la que deben asistir, porque si no le pueden abrir un expediente.

En caso de cerrrar el centro en Agosto y dar vacaciones para todo el personal, se cogerían los 31 días nada más, en caso de que no se pudiera coger en el período estipulado (del 15 de Junio al 15 de Septiembre), entonces sí tendrían que dar unos días de más (creo que son 10).
M.J.
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor TOTA » 26 Mar 2011 20:57

Hola, ¿y que ocurriria en RESIDENCIAS ESCOLARES DE ESTUDIOS MEDIOS?. GRACIAS.
TOTA
 
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Re: Vacaciones anuales

Notapor M.J. » 26 Mar 2011 21:18

Esa qué es, la pregunta del millón?
M.J.
 
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