por Rafa Rivero » 26 Mar 2011 14:56
MJ en la propia solicitud de permisos y licencias, en el reverso, viene claramente explicado que los días por hospitalización, enfermedad... son HÁBILES. No voy a entrar ahora a debatir sobre qué es o no para cada uno un día hábil, pues no tiene la misma consideración un día hábil a efectos de plazos administrativos, que a efectos laborales, pero en este último caso, que es el que interesa, es día hábil para el trabajador aquel en que tiene que trabajar y por tanto habrá casos (por ejemplo residencias de mayores) en que los domingos pudieran ser hábiles.
Con respecto a lo de cuidar al familiar, precisamente se ha recogido la posibilidad de que no sean seguidos porque en muchos casos la tarea del cuidado familiar se comparte entre los familiares, sobre todo cuando se trata de acompañarlo en la hospitalización, por tanto, el que venga mejor cogerlos seguidos o alternos, es algo que en cada caso particular vendrá mejor tanto para la persona a cuidar, como para los propios familiares el que sean seguidos o alternos. Teniendo la posiblidad de utilizar ambas opciones, que cada cual decida cuál le conviene. No creo que haya nada que debatir cuando tanto una como otra son posibles.
Por último, estoy de acuerdo con Marx en que si uno tiene por ejemplo un familiar hospitalizado y solicita los días de forma alterna, aunque ese permiso esté sometido a las necesidades del servicio, habría que ver de qué clase de necesidad del servicio hablamos, para que denegasen el permiso para ir a cuidar a tu familiar enfermo y en último extremo, aunque estuviera bien justificada la denegación, tendrían que cambiártelo por otro día.