por MARX » 29 Mar 2011 09:46
Cuando hablas de asuntos personales supongo que quieres decir dias de Asuntos Propios. Aunque no estoy muy seguro creo que si ocupan tu plaza te cesan, por lo tando acaba tu relación con la junta. Los Asuntos propios si no los coges los pierdes, esa es mi opinión, ya que tu contrato se acaba. No pasaría lo mismo con los días de compensación que podrían pagártelos, por lo tanto en mi opinión creo que deberías cogértelos lo antes posible.