por FLO » 05 Abr 2011 23:29
La parte proporcional de vacaciones te las deben pagar y cotizar. En todas las delegaciones. Si cesas el 30 junio, por ejemplo, te deben cotizar 15 días, con lo cual no podrás echar el paro hasta el día 15 de julio, ya que esos quince días, aunque ya no vayas a trabajar y sepas que estas cesado, en realidad estás de vacaciones. Saludos.