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dudas

NotaPublicado: 06 Abr 2011 12:18
por lucialamejor
Hola Rafa te quería preguntar haber si tu me puedes responder ante esta duda que tengo, se puede realizar funciones de superior categoría un tiempo superior al establecido en convenio , es que me lo he leido y pone seis meses , pero estoy viendo tambien que pone si es por necesidad del centro se puede estar más, ¿cuanto tiempo más?
A los temporales se le puede ofrecer otras funciones de superior categoría ? es que conozco centros en los que a los temporales le ofrecen superior categoría pero no tienen derecho a lo que cobran demás y a que se lo reconozcan? Eso es verdad?. Bueno muchas gracias por todo.

Re: dudas

NotaPublicado: 06 Abr 2011 20:20
por Rafa Rivero
El periodo máximo en funciones de superior categoríaes de 6 meses al año. Con respecto a los temporales no hay nada que impida reaslizar funciones de superior categoría, otra cosa es que le convenga siendo temporal estar un tiempo en otra categoría distinta a la suya y dejar de puntuar en su categoría.