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Pregunta sobre la media hora de descanso, Para quien lo sepa

NotaPublicado: 12 Abr 2011 14:06
por forusa
Trabajo en un centro que abre de 8 a 15 h, con tareas puramente administrativas (o sea, no hay una especial atención a usuarios, en algunas horas sobre otras. Si acaso, el máximo trabajo se concentra "a mitad de la mañana") Álgunos días, por motivos familiares, necesito tomar mi media hora de descanso al final de la jornada, en lugar de en medio de ella, para poder irme un poquito antes. La dirección me dice que no, que la media hora es para el desayuno y hay que "salir y volver".

Lo que yo leo en el convenio:

Por una parte: Artículo 29. Disposiciones comunes:

1. Dentro de la jornada de trabajo, el personal tendrá derecho a un descanso de 30 minutos diarios que se computara como trabajo efectivo. (...)

... es decir, nada sobre a qué hora o de qué forma hay que tomar el descanso

Y por otra parte: Artículo 30. Flexibilidad horaria.

1. Para todos los tipos de distribución del tiempo de trabajo, siempre y cuando la organización y funcionamiento del centro lo permita, existirá flexibilidad de horario de hasta una hora de duración, bien al inicio, bien a la finalización de la jornada, siendo el resto de obligada permanencia.
2. Las recuperaciones necesarias por causa de dicha flexibilidad se realizarán a opción del personal, siempre y cuando la organización y funcionamiento del centro lo permita, y atendiendo a las necesidades de trabajo existentes, que vendrán determinadas en la planificación previa del centro a través del calendario laboral.


O sea (mi interpretación) que si yo, por "flexibilidad horaria" me voy media hora antes, la recupero "a opción del personal", no tomandome mi "media hora de desayuno"

..... ¿Estoy interpretando bien, o hay algo por ahí escrito que me impida hacerlo así y que yo no conozca?

Gracias por vuestras respuestas

Re: Pregunta sobre la media hora de descanso, Para quien lo

NotaPublicado: 12 Abr 2011 14:21
por forusa
Se me olvidó comentar que en nuestro centro cada cual se toma la media hora de descanso cundo mejor le parece a lo largo de la mañana: hay quien la coge a las 8,15 u 8,30, nada más llegar; quien sale a las 10, a las 11,... hasta una compañera que suele salir a las 12, 12,30 ó incluso a la 13 h. a veces

y nunca se ha establecido ninguna regla en esto, salvo que, logicamente, no nos podemos ir todos a la vez, intentamos organizarnos para que el centro siempre esté atendido.

Re: Pregunta sobre la media hora de descanso, Para quien lo

NotaPublicado: 12 Abr 2011 18:13
por Labo
Hola, está claro que si en tu centro no hay hora fija para tomarse el tiempo de descanso, tu también lo puedes tomar cuando mejor te venga pero siempre teniendo en cuenta de que debes de firmar la entrada y la salida de tu puesto de trabajo cuando lo indique tu horario que (por lo que cuentas) es de 8 a 15.

Esto quiere decir, que si dirección no da permiso, no se puede terminar la jornada de trabajo antes de lo estipulado y eso sería lo que tu estarías haciendo si salieras a las 14,30. Siempre hay que cumplir el horario de entrada y salida salvo pacto contrario del centro.

Saludos.

Re: Pregunta sobre la media hora de descanso, Para quien lo

NotaPublicado: 13 Abr 2011 00:18
por Rafa Rivero
Además de que el espíritu de esos 30 minutos de descanso es que se tomen dentro de la jornada pues se trata de descansar para hacer la jornada laboral más llevadera,para recobrar fuerzas, la misma norma lo dice, descanso de 30 minutos en la jornada. No para entrar más tarde o salir antes.