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compensación de festivos (para Rafa Rivero) o quien lo sepa

NotaPublicado: 05 Jun 2011 20:00
por pequeño
Rafa, las personas que hemos promocionado y hemos cambiado a un grupo superior y tenemos compensación de festivos, el centro de trabajo nos ha comunicado que no podemos disfrutarlo en descansos, sino que lo tenemos que cobrar economicamente, ya que estos días han sido generados en la categoría antigua a la que voy a dejar de pertenecer a partir del 1 de julio, por la información que me ha dado la dirección esta orden ha venido desde la consejeria de sevilla, mi pregunta es: si realmente tengo obligación de cobrarlos o puedo disfrutarlos que es lo que personalmente me interesa, o si hay alguna base legal a la que me puedo acoger, ya que estoy totalmente perdido en este tema.

Re: compensación de festivos (para Rafa Rivero) o quien lo s

NotaPublicado: 05 Jun 2011 20:30
por Rafa Rivero
Pues lo que te dicen es de sentido común, muchos de los que promocionan van a cambiar de delegación y la nueva delegación no tiene por qué hacerse cargo de festivos acumulados de la anterior delegación e incluso en muchos casos en esos nuevos puestos no habrá trabajo en domingos y festivos y además está el que han sido adquiridos en otra categoría diferente de la que vas a ocupar por promoción, donde los salarios tiene otro valor y por tanto lo lógico es liquidarte antes de promocionar, bien cogiendo los días acumulados de descanso antes de irte al puesto de promoción, bien abonándotelos.